Tribunales Federales

El llamado a un prostíbulo que condicionó el juicio a Walter Bento

Esta semana se excusó para intervenir en el juicio el juez Roberto Naciff, quien en un primer momento se había resistido a dar un paso al costado. Fue recusado por el fiscal Dante Vega con una grave acusación.

Mariano Bustos
Mariano Bustos sábado, 19 de noviembre de 2022 · 07:01 hs
El llamado a un prostíbulo que condicionó el juicio a Walter Bento
Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

Esta semana se confirmó que los tres jueces del Tribunal Oral 2 que debían juzgar al juez federal Walter Bento se excusaron de hacerlo. Pero detrás de la excusación del juez Roberto Naciff existe una trama oculta que quedó al descubierto en el pedido de recusación que elevó el fiscal Dante Vega. En el mismo, desliza que Naciff podría estar vinculado a una causa por la cual se investigó a Bento y que tenía como detenidos a los responsables de un prostíbulo VIP.

El escrito de Vega comienza cuestionando la postura adoptada por Naciff de no apartarse de la causa Bento como si lo hicieron sus pares Pablo Salinas y Héctor Cortés. En el caso de Salinas, como abogado fue muy crítico del accionar del acusado durante los juicios de lesa humanidad, mientras que la mala relación personal con Bento viene de larga data.

Pero Naciff, magistrado cercano al imputado, en un principio se consideró capacitado para resolver el tema. 

Ante la negativa de dar un paso al costado, Vega cargó en su contra por tres motivos puntuales que comprometen al juez y demuestran que no sería imparcial a la hora del debate.

"Se enumeran a continuación tres causales que demuestran su presunto interés en el resultado de este proceso. La primera ya de por sí resulta suficiente para que Ud. observe las normas de apartamiento previstas en la ley o se proceda a apartarlo de esta causa; las dos restantes van en idéntica dirección", asevera el fiscal.

El primer argumento son declaraciones en el marco de la causa que aseguran que el juez Naciff apretó -a través de familiares- a testigos de la causa Bento para que no declararan en contra del magistrado procesado. "El sólo hecho de que se lo sindique a usted como intentando influir en testigos para que no declaren en esta causa revela su presunto interés en la misma, lo que impide que siga actuando como magistrado en los presentes", comenzó Vega.

El fiscal Dante Vega.

Pero la segunda causa de recusación generó un sismo interno en Tribunales. Según Vega, una de las razones por las cuales fue investigado Walter Bento como líder de una asociación ilícita que cobraba coimas a cambio de beneficios judiciales fue la causa conocida como "Pyme VIP".

Se trataba de un prostíbulo ubicado frente a un hotel cinco estrellas de Ciudad y según los involucrados, uno de los clientes era un reconocido magistrado. Dos de los imputados en esa investigación dijeron que durante el proceso fueron abordados por un tal “Diego” (que con el tiempo supieron que se trataba de Aliaga), quien les dijo que “tenía amigos aquí adentro” y que los podía despegar a cambio del pago de doscientos mil pesos cada uno.

Pero el vínculo que traza Vega entre Naciff y la causa Pyme VIP es que existe registro de un llamado de 26 minutos al prostíbulo del teléfono del juez Roberto Naciff.

"El dato de la llamada desde su domicilio al prostíbulo investigado es, en este contexto, otra causal de recusación en su contra, en tanto puede deducirse del episodio su interés en la causa, en la que se ventilará la prueba vinculada a este caso, donde figura esa llamada", esgrimía Vega en su escrito.

Por último, también exhorta a Naciff a excusarse de resolver asegurando que mientras subrogaba como juez de Cámara resolvió en distintas de las causas que forman parte de la investigación contra Bento.

"Usted intervino al menos en tres oportunidades como juez de Cámara subrogante en la causa 'Costa' , expediente que forma parte del objeto de la acusación formulada en autos", le recuerda Vega. "La decisión adoptada por el juez federal Walter Bento que usted confirmó junto con sus colegas ha sido valorada por esta fiscalía como espuria y valorada como tal en el contexto del delito de cohecho activo y pasivo cometido en estos autos", sostuvo Vega y remarca que "el haber intervenido como juez de Cámara en un caso que integra el objeto de la acusación impide que siga interviniendo como juez de Sentencia en la misma causa".

La respuesta de Naciff y su decisión de apartarse

Poco tiempo después del ingreso del escrito de Vega, el juez Roberto Naciff decidió excusarse de intervenir en el debate y siguió el ejemplo de sus dos compañeros del Tribunal Oral 2. Pero aclaró que no lo hace por los motivos esgrimidos por el fiscal, los cuales considera que son "una falacia grosera y manifiesta".

"Lo sostenido por el fiscal es una falacia grosera y manifiesta, que será rebatida, en cada caso con las solas constancias de la causa, demostrando que cada una de las afirmaciones y acusaciones realizadas hacia mi persona son mentiras que se desmoronan por si solas y que conllevan al rechazo de la recusación", señala. En ese sentido, argumenta que es producto del nivel de calumnias que decide no ser parte del proceso.

"Entiendo que los términos de la recusación y los motivos alegados, basados en situaciones falaces, sumamente agraviantes a mi persona y a mi imagen como juez, constituyen una verdadera 'canallada' que ha afectado seriamente mi tranquilidad espiritual, y finalmente me llevan al apartamiento, como único juez natural de la causa", sostiene, afirmando que "ya no se encuentran dadas las condiciones para que intervenga en este juicio, ya que no me es posible impartir justicia de manera imparcial en un juicio de esta naturaleza".

"Me veo obligado a pedir mi apartamiento por advertir la profunda animosidad que moviliza al representante de la Vindicta Pública, situación que me lleva hacia una lamentable perdida de respeto al dr. Vega en su figura como cabeza del Ministerio Público Fiscal", adhiere Roberto Naciff. "Este sentimiento de bronca, desasosiego y tristeza me impulsan, en virtud de la garantía de juez imparcial, a excusarme de entender en los presentes obrados, todo lo cual será ampliado en el apartado correspondiente a mi Inhibición en los términos del art. 55 del C.P.P.N", concluye.

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