Impuesto PAIS

El gobierno explicó cómo se distribuirá lo recaudado por el "dólar solidario"

Lo hizo a través del decreto 184/2020 publicado en el Boletín Oficial de este jueves. El mayor porcentaje se destinará a programas de la Anses.

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MDZ Política jueves, 27 de febrero de 2020 · 11:16 hs
El gobierno explicó cómo se distribuirá lo recaudado por el "dólar solidario"
Foto: Télam

El Gobierno de Alberto Fernández informó este jueves a qué destinará la recaudación del impuesto del 30% a la compra de dólares para turismo y atesoramiento (impuesto PAIS) que rige desde la sanción de la Ley de Emergencia y Solidaridad Productiva.

En el decreto 184/2020 publicado en el Boletín Oficial de hoy, el Poder Ejecutivo informó que el 70% de lo recaudado se distribuirá de la siguiente manera:

  • Al financiamiento de Programas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) le corresponde el 60% de los recursos recaudados;

 

  • Al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), para cubrir sus prestaciones, le otorgan el 40%.

En tanto el 30% restante se repartirá de la siguiente manera:

  • Al Fondo de Integración Socio Urbana (FISU) para el financiamiento de obras de vivienda social: el 30%;
  • A obras de infraestructura económica: el 65%;
  • Al fomento del turismo nacional: el 5%. 

El impuesto en cuestión entró en vigencia el pasado 23 de diciembre y lo deben pagar las personas residentes en el país (humanas o jurídicas) que realicen operaciones de compra y venta de divisas o que adquieran bienes o servicios en el exterior.

Si la operación alcanzada por el impuesto se realiza mediante tarjetas de crédito, de compra o de débito, el impuesto alcanza a sus titulares, usuarios, titulares adicionales y beneficiarios de extensiones.

El artículo 35 de la Ley de Emergencia Económica y Solidaridad Productiva incluye dentro de las operaciones que pagan el 30% a “las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales o cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se realicen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera”.

Además, la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo mayoristas o minoristas del país, y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país están alcanzadas por el impuesto en la medida en que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado único y libre de cambios (MULC) para la adquisición de los dólares (u otras divisas extranjeras) correspondientes.

El decreto 184/2020:

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