Ordenan la internación forzosa de Pity Álvarez por 90 días tras su intento de fuga del Hospital Tornú
El Juzgado Civil tomó la medida en pleno juicio por homicidio, luego de que el músico intentara escapar del centro de salud.
Contará con custodia policial para evitar que abandone el tratamiento.
N/AEn medio del desarrollo del juicio oral y público en su contra por el crimen de Cristian Díaz, la Justicia ordenó la internación forzosa de Cristian "Pity" Álvarez por un plazo de 90 días. La resolución fue adoptada este martes tras un dramático episodio registrado en el Hospital Tornú, donde el exlíder de Viejas Locas permanecía alojado por una crisis hipertensiva e intentó darse a la fuga.
Ante el riesgo de que el imputado abandone el tratamiento de manera intempestiva, el Juzgado Civil dispuso que permanezca en dicho nosocomio hasta que se evalúe su estado general y su eventual derivación a una institución psiquiátrica especializada.
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Informes mensuales y estrictos protocolos de seguridad
Para garantizar el cumplimiento de la medida y la contención del paciente, el juzgado le exigió al director del Hospital Tornú la implementación inmediata de un esquema de monitoreo constante y medidas de resguardo reforzadas. La dirección del establecimiento médico deberá presentar informes cada 30 días detallando la evolución clínica del músico y cualquier novedad relevante sobre su salud mental y física.
La resolución autoriza de forma explícita la implementación de una custodia o consigna policial en el centro de salud si resulta necesario para evitar una nueva tentativa de evasión antes del alta médica.
Un recurso restrictivo ajustado a los derechos fundamentales
Pese a la firmeza del dictamen, la orden judicial remarcó el carácter excepcional y restrictivo de la medida de fuerza médica, en consonancia con la legislación vigente en materia de salud mental.
En el escrito se especificó que la internación "es considerada un recurso terapéutico de carácter restrictivo y por el tiempo más breve posible". Asimismo, se subrayó que "toda persona con padecimientos mentales, se encuentre o no internada, goza de los derechos fundamentales y sus extensiones".
En ese sentido, la Justicia dejó asentado que, una vez superada la causa de fuerza mayor que motivó esta medida de protección, el hospital deberá proceder a la inmediata externación del paciente sin necesidad de requerir una nueva orden judicial.