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Notas

Grandes Marcas: Comienza el operativo de verificaciones por cartelería exterior

Este lunes a la tarde o el martes a la mañana comenzaría el operativo de determinación de deudas por la cartelería exterior que se exhibe en comercios y en la vía pública. Personal del Municipio y de la empresa Semcor son los únicos autorizados para realizar las actas

Desde la Cámara de Comercio informaron que entre el lunes por la tarde y el martes por la mañana comenzaría el operativo para realizar las determinaciones de deuda por la cartelería exterior que se exhibe en comercios y en la vía pública.

El Personal del Municipio o de la empresa SEmcor está autorizado a constatar todo los carteles que se encuentren fuera del comercio visitado y "el titular del comercio no está obligado a firmar el acta que el inspector realice" indicó el representante legal de la Cámara Dr Pablo Callejas.

La Municipalidad se había comprometido luego de la firma del convenio realizado con autoridades de la Cámara de Comercio a un nuevo relevamiento de la plaza comercial  por ese motivo y atento a la modificación del art 144 de la Ordenanza Nº 9890 y aplicando lo dispuesto en la nueva pieza legal,  se realizará el operativo mencionado.

Pablo Callejas recordó que "solo se puede relevar toda la cartelería ubicada desde la vidriera hacia afuera y esto excluye todo aquel cartel que se encuentre en el interior del comercio" y agregó que "los inspectores se denem identificar antes de realizar el relevamiento".

Debemos recordar que se autorizó el cobro no solo a la cartelería correspondiente a un comercio sino tambien a toda aquella publicidad que se encuentre en un espacio libre como por ejemplo carteles en terrazas de edificios.

A lo manifestado, agregamos el comunicado de prensa, emitido por los Directivos de la Cámara y dirigidos a sus asociados, que dice lo siguiente:

La Cámara de Comercio Industria y Agropecuaria de San Rafael , informa a sus asociados y comerciantes en general de la Ciudad de San Rafael, que en los próximos días comenzaran a realizarse las nuevas  determinaciones  del tributo establecido por la ordenanza Nº 10097 referido al cobro  de publicidad a las Grandes marcas nacionales e internacionales.
 
Les recordamos que dicha ordenanza establece en su Artículo 5º.- LA MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL bajo estos términos, realizará una nueva determinación del tributo siendo notificado nuevamente a todos y cada uno de los contribuyentes.
 
Estableciendo  como objeto del tributo lo establecido en su Artículo 1º.-MODIFICAR el primer párrafo del Art. 1º de la Ordenanza Nº 9890, Art. 144º del Código Tributario Municipal, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 144º: Las publicidades y propagandas de sus “nombres comerciales, productos, marcas, logos y similares” que en forma directa y/o a través de sucursales, agencias, mandatarias, subsidiarias, franquicias y/o cualquier otra forma, sean realizadas y exhibidas en la vía pública, frentes, vidrieras, en predios o en el interior de predios al aire libre, edificios, terrazas, fachadas con vista a la vía pública, deberán abonar en concepto de derecho los siguientes valores…”

Les recordamos además que dicha ordenanza establece  en su art Artículo 7º.- LA MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL dejará sin efecto todas y cada una de las determinaciones impagas de tributo por publicidad y propaganda impagas notificadas a los contribuyentes.-