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Excarcelan a otros 13 etarras tras el "fallo Parot"

Se les había aplicado la llamada doctrina Parot de forma retroactiva, por lo que la Justicia ordenó su liberación. También saldrá de prisión un GRAPO y un condenado en Bolivia.
Foto: Que.es
Foto: Que.es

 La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional española ha dictaminado la excarcelación de 13 etarras, un miembro del GRAPO y otro condenado por un asesinato en Bolivia, a los que se les había aplicado la llamada doctrina Parot de forma retroactiva. El pleno ha rechazado, además, el recurso de súplica presentado por Inés del Río, que reclamó la indemnización dictada por el tribunal de Estrasburgo, después de que la Audiencia decidiera bloquearla.

La sala ha resuelto las peticiones de libertad de los 12 etarras, a las que se ha unido la de Raúl Ibáñez Díez. Entre estos también se encuentra la de un preso de la llamada vía Nanclares, Antonio Alza. Además, se abordará la de Pompeyo Mirandan, condenado en Bolivia por un asesinato pero que ha cumplido su pena en España y al que también se le aplicó la doctrina Parot.

Entre los terroristas que previsiblemente saldrán de prisión se encuentra José Antonio Lopez Ruiz, Kubati, el asesino de la disidente terrorista Dolores González Katarain, Yoyes y condenado a más de mil años de prisión.

Según fuentes jurídicas, otra de las terroristas cuyo caso será revisado es Inmaculada Noble Goikoetxea, antiguo miembro del comando Madrid, desarticulado en 1987 y condenada, entre otros crímenes, por el atentado contra un Land Rover de guardias civiles en la calle Juan Bravo de la capital, en que murieron cinco agentes del instituto armado.

Los otros miembros de la banda cuya excarcelación se estudiará el viernes son Francisco Javier Lujanbio Galdeano, Jesús Díaz de Heredia Ruiz de Arbulo, Pedro Juan Odraizola Agirre, Juan María Gabirondo Agote, Pedro María Rezabal, Miguel Turrientes, Josefa Uzkudun y Antonio Alza. La miembro del GRAPO cuya condena se va a revisar es Olga Oliveira, según fuentes jurídicas. Otro militante de la banda antifascista, Laureano Ortega, ha pedido también la excarcelación, pero no por el fallo del tribunal de Estrasburgo, sino en virtud de la refundición de condenas.

Se trata de las primeras excarcelaciones que examina la Audiencia después de que el Tribunal Supremo diera por finiquitada el pasado martes la aplicación de los beneficios penitenciarios a los presos juzgados con el Código Penal de 1973 en función del total de las condenas y no sobre los 30 años de cumplimiento máximo que contemplaba ese texto legal.

El Tribunal Supremo decidió el pasado martes, por doce votos frente a cuatro, que debe ser cada tribunal sentenciador el que dirima el alcance de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo respecto de los presos a los que se aplicó la doctrina, cuya aplicación da por anulada para todas las sentencias condenatorias en ejecución dictadas antes del 28 de febrero de 2006.