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Se viene el aguinaldo para trabajadores y jubilados: cómo se calcula y cuándo se cobra

En dos meses del año se cobra este adicional. El primero de ellos es en junio, por lo que falta muy poco.

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MDZ Dinero lunes, 28 de abril de 2025 · 06:45 hs
Se viene el aguinaldo para trabajadores y jubilados: cómo se calcula y cuándo se cobra
Si un empleador no cumple con este pago, el empleado tiene derecho a reclamar con un telegrama intimatorio que incluya un plazo para el mismo. Foto: Shutterstock

De acuerdo con la Ley de Trabajo, en el mes de junio se llevará a cabo el pago de un Sueldo Anual Complementario ( SAC).  Esto tiene como objetivo brindar un pago económico adicional a los trabajadores, con un monto que varía según sus ingresos. También abarca a los jubilados.

En relación al aguinaldo, resulta de un cálculo que realizan las oficinas de recursos humanos de cada empresa o entidad. Pero no solo quienes trabajan en blanco lo recibe, sino también se integran a los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) al Sueldo Anual Complementario.

Cuánto se cobra en el aguinaldo de junio

Según lo establecido por la Ley de Trabajo, esta cuota debe ser abonada antes del 30 de junio o el último día hábil del mes. En 2025, esta fecha es el viernes 28. Sin embargo, ese plazo puede extenderse hasta cuatro días hábiles, es decir, hasta el jueves 4 de julio.

Por su parte, las pequeñas empresas contienen otro formato de pago del SAC. Según la Ley 24.467, permite que los convenios colectivos de trabajo establezcan el fraccionamiento del pago del Sueldo Anual Complementario en hasta tres períodos a lo largo del año.

Foto: Archivo

Cómo se calcula el cobro del SAC

Según la Ley de Contrato de Trabajo, el aguinaldo es la 12° (doceava) parte del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador en el año calendario.

Para cada medio aguinaldo, corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual bruta percibida por el empleado, jubilado o pensionado dentro de cada uno de los semestres.

Sin embargo, si el trabajador no contiene más de seis meses de trabajo, el cálculo se realiza de manera proporcional al tiempo trabajado.

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