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La AFIP oficializó cómo quedan las alícuotas del Impuesto PAIS

El Gobierno nacional oficializó la reducción del 17,5% al 7,5% del Impuesto País, y este martes, el ente controlador detalló el cálculo final para el pago de importadores.
Ya rige la reducción del Impuesto PAÍS, pero solo alcanza a importadores. Foto: Pexels
Ya rige la reducción del Impuesto PAÍS, pero solo alcanza a importadores. Foto: Pexels

En la jornada de ayer el Gobierno oficializó la reducción del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) en diez puntos para el segmento importador. De esta manera, pasó de 17,5% a 7,5%. Sin embargo, faltaba la letra fina y este martes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó cómo quedan los cálculos de las alícuotas para el pago de importaciones.

Así se lo estableció a través de la Resolución General 5559/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial.

En prinicipio, el documento ofcial hace referencia a "las alícuotas aplicables a las operaciones previstas en los incisos d) y e) del primer párrafo del artículo 13 bis del Decreto Nº 99/19". Para clarificar, esos artículos son los siguientes:

  • Inciso d: la adquisición en el exterior de los servicios de fletes y otros servicios de transporte por operaciones de importación o exportación de bienes, o su adquisición en el país cuando sean prestados por no residentes, identificados con el Código del Régimen Informativo Contable Mensual para Operaciones de Cambio BCRA S04, S30 y S31.
  • Inciso e: la importación de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.), a excepción de: (i) aquellas cuyas posiciones arancelarias estén incluidas en el inciso b) del primer párrafo de este artículo o se trate de las siguientes: 2710.12.59, 2710.19.21, 2710.19.29, 2710.19.31, 2710.19.32, 2713.20.00, 3811.21.10, 3811.21.50, y 3811.90.90; (ii) insumos y bienes intermedios vinculados en forma directa a productos de la canasta básica alimentaria y (iii) otros bienes vinculados a la generación de energía y, por último, iv) los billetes de banco destinados a tener curso legal en el país que clasifiquen en la posición arancelaria 4907.00.10, incluso bajo la forma de pliegos semielaborados de billetes que tengan el mismo destino.
El Gobierno confía en la baja de precios, tras la reducción de la alícuota del Impuesto PAÍS. 

Impuesto PAÍS: cómo quedan las alícuotas

El monto del pago a cuenta se determinará aplicando las siguientes alícuotas, conforme el tipo de operación de que se trate:

  • En las operaciones del inciso d) antes mencionado, la alícuota del Impuesto PAIS es del 28,50%.
  • En las operaciones del inciso 3) antes mencionado, la alícuota del Impuesto PAIS es del 7,125%.

Y la AFIP, aclara que "cuando se trate de operaciones de importación para consumo de mercadería previamente importada bajo una destinación suspensiva de importación temporaria,se percibirá el 100% del impuesto que corresponda".

"La mencionada percepción deberá hacerse efectiva al momento del registro de la correspondiente solicitud de destinación definitiva de importación para consumo”, se completa en la resolución.