Crisis económica

En abril vuelven a subir las prepagas: de cuánto será el aumento

La pauta de aumento promedio de las coberturas médicas entre enero y marzo 2024 fue del 59,21%, y se proyecta más de un 200% de incremento anual.

Redacción MDZ
Redacción MDZ viernes, 29 de marzo de 2024 · 07:55 hs
En abril vuelven a subir las prepagas: de cuánto será el aumento
En abril la medicina prepaga aumentará entre 16% y 19% Foto: Shutterstock

Abril llega con nuevos aumentos que significan un golpe al bolsillo de la clase media y uno que no pasa desapercibido es el de la medicina prepaga.

Es que los desmesurados incrementos de los últimos meses han provocado que una buena parte de los afiliados comience a darse de baja o al menos considerar la opción.

En este contexto, en el que las cuotas de la medicina aumentaron cerca de un 100% en los últimos meses, las empresas de salud comenzaron a ofrecer planes especiales a menor precio y con diferente alcance de las prestaciones, lo que se conoce como prepagas low cost.

Para el mes de abril, en tanto, se espera que las prepagas tengan un aumento de entre 16% y 19%, dependiendo de la empresa que brinde la cobertura médica y el plan.

Según un informe de Mercer, la pauta de aumento promedio de las coberturas médicas entre enero y marzo 2024 fue del 59,21%, y se proyecta más de un 200% de incremento anual. Sin embargo, hay casos en las que las prepagas superaron ampliamente este promedio.

A saber, un plan medio -ni el más caro ni el más económico- para una familia de cuatro personas puede llegar hasta el millón de pesos.

Nueva cautelar contra el aumento de las prepagas

El juez federal subrogante de Dolores Martín Bava dictó una nueva medida cautelar que frena los aumentos indiscriminados de las empresas de medicina prepaga autorizados por el DNU 70/23 del gobierno de Javier Milei.

El magistrado hizo lugar a una medida cautelar solicitada por una afiliada a la empresa Medicus S.A. y dispuso “dejar sin efecto los aumentos sobre el valor de la cuota mensual que abona previstos para los meses de enero y febrero del corriente año”.

En ese lapso, el valor de la cuota no quedará congelado sino que se ajustará por los porcentajes “que resulten de aplicarle el “Índice de salarios registrados” que publica en Indec, durante el tiempo que insuma la tramitación del presente amparo, hasta el dictado de sentencia definitiva”.

El fallo aclara que “si la actora ha abonado las correspondientes facturas a los meses de enero, febrero y marzo de este año con los ajustes que aquí impugna, ninguna devolución se ha de ordenar en este estadio procesal”:

“Ante la situación económica que alega la actora frente a su derecho a la salud, entiendo que la readecuación solicitada, de acuerdo con las circunstancias ponderadas, mejor se corresponde con la naturaleza del derecho cuya protección cautelar se pretende -que compromete la salud e integridad física de las personas”, subrayó el juez Bava.

La cautelar fue dictada “sin que implique avanzar sobre la decisión final de la controversia” y atento a que –según el juez- “la medida no ocasiona un grave perjuicio a la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la afiliada”, representada por el Observatorio del Derecho de la Ciudad, que encabeza el abogado Jonatan Baldiviezo.

“En la disyuntiva de decidir la readecuación de la cuota, frente a la oposición de la demandada, debe estarse al mantenimiento del valor de la cuota al mes de diciembre de 2023 debiendo aplicar sobre los siguientes períodos los ajustes mensuales que resulten de aplicarle el Índice de salarios registrados que publica en INDEC”, subrayó el fallo.

“Ello –aclaró- en virtud del contexto inflacionario imperante en el país, el cual no puede soslayarse a la hora de decidir una cuestión como la que aquí se analiza, por lo cual no resulta razonable congelar la cuota hasta la culminación del presente proceso”.

“El otorgamiento de la cautelar es la solución que mejor se corresponde con la naturaleza del derecho cuya protección se pretende, que compromete la salud e integridad física de las personas”, resumió el juez.

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