Programa ATP

Asistencia a empresas: cuándo pueden empezar a inscribirse

Las empresas afectadas por la pandemia de coronavirus podrán inscribirse a partir de mañana al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). ¿De que se trata la ayuda?

Redacción MDZ
Redacción MDZ domingo, 12 de abril de 2020 · 09:58 hs
Asistencia a empresas: cuándo pueden empezar a inscribirse
Foto: Revista Códigos

Las empresas afectadas por la pandemia de coronavirus podrán inscribirse a partir de mañana al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), para poder acceder a ayudas en el pago de salarios de los trabajadores, la postergación y/o eximición del pago de contribuciones patronales y la extensión del seguro de desempleo.

El ATP fue creado por el DNU 332/2020, y busca cuidar las fuentes de trabajo en medio de la crisis por las restricciones impuestas a la circulación para frenar la propagación del Covid-19.

Si bien la preinscripción para obtener la prórroga de los aportes patronales arrancó el jueves pasado –y hasta la víspera sumó más de 220.000 firmas registradas-, a partir de mañana lo podrán hacer las empresas que quieran acceder al resto de los beneficios .

La inscripción –que se extenderá hasta el miércoles próximo- se deberá realizar en la web de AFIP, con su clave fiscal y declarar la información económica que el Programa requiera.

Luego comenzará una etapa de análisis de la empresa y, en caso de resultar afectada a partir de la cuarentena, se procederá a aplicar el beneficio.

El Programa consiste en que el Estado se hará cargo de parte de los sueldos de las empresas afectadas, ya sea con Repro o Asignaciones Complementarias al Salario; una rebaja o postergación de las contribuciones patronales y el aumento de las prestaciones por desempleo.

Los empleadores alcanzados por los beneficios deberán acreditar ante la AFIP la nómina del personal alcanzado, y en qué medida su actividad fue afectada por el aislamiento.

Por su parte, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social considerará la información y documentación remitidas por la empresa, podrá relevar datos adicionales y podrá disponer la realización de visitas de evaluación.

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