Pandemia

Extienden hasta el 13 de abril los vencimientos de las tarjetas de crédito

El Banco Central (BCRA) prorrogó hasta el final de la cuarentena los vencimientos de las tarjetas de crédito y las cuotas de los créditos bancarios.

MDZ Dinero
MDZ Dinero miércoles, 1 de abril de 2020 · 10:40 hs
Extienden hasta el 13 de abril los vencimientos de las tarjetas de crédito
Foto: ALF PONCE / MDZ

El Banco Central (BCRA) extendió hasta el 13 de abril los vencimientos de las tarjetas de crédito, aunque resaltaron que quienes estén en condiciones de pagar en tiempo y forma deben hacerlo.

Además, se extendió hasta esa misma fecha el plazo para pagar las cuotas de créditos bancarios (prendarios, personales e hipotecarios) aunque, en caso de que no estén en condiciones de hacerlo para esa fecha, los bancos deberán aplazar el cobro de esa cuota hasta el final del crédito concedido "en las mismas condiciones en que fuera pactado y sin poder aplicar ningún recargo punitorio".

Esto supone que si el deudor debía pagar la cuota 23 de un crédito tomado a 36 meses, el vencimiento de abril pasará automáticamente a convertirse en la cuota 37 de esa financiación sin necesidad de que el cliente incluso lo informe.

Estas medidas se toman a partir de la extensión de la cuarentena obligatoria hasta el 12 de abril anunciada el domingo por el Presidente Alberto Fernández

Cabe recordar que los bancos seguirán sin atender al público en general y sólo abrirán para la atención de jubilados y beneficiarios de asignaciones familiares. Sin embargo, las entidades deberán tener en todas sus sucursales al menos un "buzón" para cursar pagos y una máquina preparada para la recepción de grandes sumas de efectivo, además de la habilitada para depósitos en general.

En el caso de las tarjetas de crédito, cuyos resúmenes por los consumos de marzo comienzan a vencer ahora, el BCRA recortó del 55 al 49% nominal anual (lo que equivale al 4,1% mensual) la tasa máxima que los emisores pueden cobrar a sus clientes por financiar consumos no cancelados al cierre del resumen del mes. Así, a quien no cancele el vencimiento, o no lo haga por el total, los bancos le deberán aplicar la tasa del 49% por el total o el saldo a refinanciar y no podrán aplicarles intereses punitorios si no lo cancela el mes siguiente.

Con todo, resta definir qué sucederá en esos casos con los límites de financiación, ya que los usuarios de tarjetas que se vean obligados a refinanciar por su situación o inactividad derivada de las restricciones podrían quedar en adelante con su plástico invalidado para nuevos consumos en el mes siguiente.

En relación con las tarjetas de crédito, además, ya no será necesario exigir que se firmen los comprobantes de pago realizados con tarjetas de débito o crédito para intentar minimizar el riesgo de contagio del coronavirus. Los comerciantes también quedan exentos de requerir la exhibición del DNI del usuario de la tarjeta para reducir la posibilidad de contagio.

Archivado en