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La trampa de las concesionarias al momento de comprar un 0 km

El negocio millonario de las automotrices a costa del consumidor que pone primera al momento de la compra.

Comprar un auto cero kilómetro representa una de las inversiones más importantes para cualquier ciudadano. Sin embargo, las automotrices han diseñado una estrategia para seguir obteniendo ganancias mucho después de la venta: "atar la garantía" a los costosos servicios oficiales. ¿Es esto legal? ¿Hasta qué punto pueden imponer estas condiciones? La respuesta es clara: se trata de una práctica abusiva que vulnera los derechos de los consumidores.

La ley es clara: no pueden obligarte a hacer el servicio en sus talleres

La Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) establece que los fabricantes deben responder por defectos de fabricación sin imponer condiciones abusivas. La garantía no puede quedar sujeta a que el usuario realice los servicios en concesionarios oficiales, siempre y cuando el mantenimiento se haga en talleres independientes que cumplan con las especificaciones del fabricante.

Incluso la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia ha dejado en claro que las automotrices no pueden obligar a los clientes a realizar el mantenimiento en la red oficial para conservar la garantía. Condicionar su validez de esta manera no solo es ilegal, sino que constituye una trampa comercial que encarece artificialmente el costo de mantener un vehículo.

¿Cuándo sí se deben hacer los servicios en concesionarios oficiales?

Existe una excepción a esta norma cuando el fabricante otorga una garantía extendida más allá de la cobertura legal. En estos casos, la empresa puede establecer condiciones específicas para su mantenimiento, exigiendo que los servicios sean realizados en concesionarios oficiales para mantener dicha extensión. Sin embargo, esto solo aplica a la parte adicional de la garantía y no a la cobertura mínima establecida por la ley. Si un vehículo tiene una garantía legal de seis meses, el usuario puede hacer los servicios donde prefiera. Pero si el fabricante extiende la cobertura a cinco años, sí puede exigir que el mantenimiento se realice en sus talleres oficiales durante ese período extra.

Un negocio diseñado para captar clientes cautivos y evadir responsabilidades

Las concesionarias y fabricantes han convertido el mantenimiento en un negocio paralelo multimillonario, no solo obligando a los usuarios a realizar servicios en sus talleres oficiales, sino también limitando el acceso a la garantía cuando sus propios automóviles presentan fallas de fábrica. Esta maniobra les permite generar una doble ganancia artificial: primero, cobrando sobreprecios por los servicios, y segundo, evadiendo la responsabilidad de reparar defectos que deberían cubrir sin costo, dejando al consumidor atrapado en un sistema que limita su libertad de elección y encarece el mantenimiento del vehículo sin justificación real.

Los precios de los servicios oficiales suelen ser mucho más altos que los de talleres independientes, a pesar de que estos últimos cuentan con mecánicos capacitados y utilizan repuestos homologados. En la Unión Europea, este abuso fue frenado mediante normativas que prohíben a los fabricantes condicionar la garantía a sus talleres, algo que en Argentina todavía sigue pendiente de regulación.

Lo que todo consumidor debe saber para defenderse de las concesionarias

  • La garantía legal es obligatoria y no puede ser condicionada a hacer servicios en concesionarios oficiales.
  • El traslado del vehículo en garantía es responsabilidad del concesionario o fabricante y no pueden cobrar adicionales por ello.
  • El fabricante, importador, concesionario y vendedor son solidariamente responsables del cumplimiento de la garantía.
  • Si el auto es reparado en garantía, deben extender el plazo de cobertura por el tiempo que el vehículo estuvo fuera de uso.
  • Si la reparación no es satisfactoria, el usuario tiene derecho a exigir un auto nuevo, la devolución del dinero o una reducción del precio.

"Basta de abusos: es momento de una regulación clara"

Argentina necesita avanzar en una regulación que garantice el derecho de los consumidores a elegir libremente dónde realizar el mantenimiento de sus vehículos sin perder la garantía. Las automotrices deben entender que la protección al usuario no es una opción, sino una obligación legal.

Los consumidores deben exigir el respeto a sus derechos y denunciar cualquier abuso. Es momento de poner fin a estas prácticas comerciales que solo benefician a las empresas y perjudican a quienes confían en sus productos.

Modelo de reclamo para presentar en la concesionaria

Si la concesionaria o el fabricante no cumplen con su obligación, podés hacer el reclamo de manera formal y con respaldo legal:

  • Por correo electrónico oficial.
  • Por carta documento.
  • Por nota firmada con constancia de recepción.

A: (Razón social de la fábrica, importador, concesionaria y/o vendedor)
De: (Tu nombre, DNI, domicilio, teléfono y correo electrónico)
Asunto: Reclamo por incumplimiento de garantía

Hechos: Presento este reclamo por la garantía legal del automotor comprado en fecha xx/xx/20xx que presenta la siguiente averia y desperfecto xxxxx . Que ante el rechazo verbal por la falta de cumplimiento de servicios oficiales en sus concesionarios, la empresa está incumpliendo el art. 11, 12 y concordantes de la Ley 24.240 y el Decreto 1798/94.

Prueba: Adjuntos copias de factura, recibos y comprobantes de la operación.

Que también mis dichos se encuentran avalados por sus registros que esta obligado a mantener y aportar y reclamos que se han mantenido en la vigencia de nuestra relación y cuya obligación es mantener y aportar (art. 53 LDC).

Petición: Exijo la reparación inmediata y satisfactoria de mi vehículo. De no ser posible, me reservo el derecho a:

Solicitar un vehículo nuevo.

Exigir la devolución total del dinero.

Obtener una reducción del precio.

Indemnización: Reclamo una compensación conforme al art. 40 Bis de la Ley 24.240 por los daños sufridos. En caso de negativa, iniciaré reclamos administrativos o judiciales.

Firma: (Tu firma)

Por Mario Vadillo – Especialista en Defensa del Consumidor