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La Cámara de Casación Penal le negó la prisión domiciliaria a Walter Bento

El recurso que presentó la defensa del exmagistrado fue rechazado en la Justicia, por lo que continuará tras las rejas en el Complejo Penitenciario Federal VI de Luján de Cuyo.
Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ
Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

La Cámara de Casación Penal rechazó el recurso interpuesto por la defensa de Walter Bento, por lo que el exjuez investigado por presuntos hechos de corrupción seguirá tras las rejas. La Resolución fue firmada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Carlos Mahiques.

Casación, máxima instancia en ese fuero, había convocado a una audiencia para este lunes a fin de analizar y decidir el recurso presentado por la defensa de Bento en el que se cuestionó la decisión del Tribunal Oral de darle domiciliaria solo por 15 días. Por ese lapso, el exmagistrado estuvo en su domicilio en el barrio Palmares al cuidado de su hijo Facundo Bento, que tiene una discapacidad producto de una encefalopatía crónica no evolutiva. El pedido de extensión del beneficio fue rechazado el miércoles 11 de diciembre y a Bento le quedaba una última carta. No obstante, este lunes Casación no le dio el visto bueno, aunque los tres jueces coincidieron en que, pese a la negativa de la detención domiciliaria, se debe garantizar un mecanismo para que padre e hijo puedan tener mayor contacto de aquí en adelante.

En el reciente recurso descartado, los defensores aseguraban que la situación de vulnerabilidad de dos de los familiares del exjuez se mantiene y se agrava por la falta de cuidados hacia uno de sus hijos y su esposa Marta Boiza. Los abogados de Bento hicieron especial énfasis en "informes médicos que aconsejan la permanencia de Walter Bento en su domicilio a los efectos de cuidar de aquel. A ello, se suma que la madre de Facundo Bento y esposa del incidentista se encuentra también en un estado de salud delicado".

También aseguraban que se "se incurrió en una errónea aplicación de la ley sustantiva ya que la denegación de la prisión domiciliaria vulneraría la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad".

Walter Bento es investigado como presunto líder de una asociación ilícita que cobraba coimas a cambio de beneficios para presos federales. Desde noviembre de 2023, cuando perdió los fueros tras la decisión del Consejo de la Magistratura de apartarlo, se encuentra privado de su libertad en la cárcel de Complejo Penitenciario Federal VI de Luján de Cuyo mientras se desarrolla el proceso judicial que comenzó en julio del año pasado.

Los argumentos

Los tres magistrados coincidieron en que la atención debida a Facundo Bento está garantizada, tanto por integrantes de su familia como por profesionales de la salud y acompañantes terapeúticos.

El juez Juan Carlos Gemignani indicó que a efectos de rechazar el pedido de prisión domiciliaria de Walter Ricardo Bento, las juezas del Tribunal a quo entendieron que la debida asistencia de Facundo Bento se encuentra coroborada.

En tanto que Juan Carlos Mahiques respaldó la decisión previa del Tribunal Oral Federal al no detectar "la concurrencia de un supuesto de arbitrariedad que afecte la validez del resolutorio", ya que el Tribunal "descarta que la única opción para garantizar los cuidados que requiere la salud del joven Bento sea la prisión domiciliaria definitiva de su padre. Las juezas, empero, siguen considerando inviable esa alternativa porque estiman suficiente la atención médica, la logística asistencial y el plan de acompañamiento terapéutico y demás cuidados que se le dispensan actualmente a Facundo Bento".

Mahiques sumó que las juezas Gretel Diamante, María Carolina Pereira, Eliana Beatriz Ratta Rivas "precisaron sobre el punto que dicho esquema de cobertura y servicios médicos incluye la intervención de sus hermanos no convivientes (que residen en las cercanías), un régimen de asistentes permanentes, cobertura médica y farmacológica, atención psiquiátrica y concurrencia a un centro terapéutico".

"Puntualizaron que a través de profesionales provistos por la Obra Social del Poder Judicial de la Nación Facundo Bento cuenta con cuidadores domiciliarios, todos los días de la semana durante las 24 horas, enfermería dos veces por semana, controles médicos dos veces por mes, y sesiones con una médica psiquiatra tres veces por mes. Con base en lo antes reseñado, concluyeron las magistradas que los cuidados que recibe Facundo Bento no dependen exclusivamente de su padre detenido, sino que se compensan y se abastecen con la presencia de sus hermanos, la reciente reincorporación al hogar de su madre como referente afectivo primario, la concurrencia periódica a un centro educativo terapéutico además de las prestaciones recibidas de organismos oficiales y de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación", agregó en el escrito de 17 páginas.

Dicho todo esto, sugirió que "se disponga una solución transitoria, pero inmediata mediante la implementación -al menos mientras no haya un pronunciamiento definitivo sobre las conductas juzgadas-, de un esquema superador al actual que facilite en términos de contacto y frecuencia la consolidación y continuidad de la vinculación padre-hijo en orden a un adecuado acompañamiento terapéutico".

Mahiques deslizó podría implementarse "un régimen que contemple la presencia y contacto continuado del encausado con su hijo con discapacidad en el ámbito domiciliario enfocado en el acompañamiento terapéutico de Facundo Bento y bajo control estricto".

Walter Bento seguirá en prisión.

Por su parte, el juez Gustavo Hornos expresó coincidir "en lo medular" de la argumentación de Mahiques, aunque aclaró que "resulta pertinente recordar el marco normativo que regula la detención domiciliaria en supuestos en los que se atienden motivos de índole humanitarios".

"La comprobación de que concurre algunas de las causales de procedencia para la prisión domiciliaria no habilita directamente su concesión, sino sólo -tal y como resulta evidente en virtud del uso de la voz 'podrá'- la determinación que debe efectuar el juzgador, evaluando las circunstancias particulares del caso, para en definitiva admitir o rechazar la solicitud de acuerdo con el análisis concreto de los elementos que informan el trámite de la causa. En otras palabras, la ley establece que, recién cumplida alguna de las hipótesis que la normativa prevé, el juez competente '…podrá…' disponer el cumplimiento de la detención ordenada en un domicilio", explicó.

"Ni la concesión ni el rechazo de un pedido de prisión domiciliaria pueden resultar de la aplicación ciega, acrítica o automática de doctrinas generales, sino que deben estar precedidas de un estudio sensato, razonado y sensible de las particularidades que presente cada caso que llega a conocimiento de los tribunales competentes", consideró

Y aportó que "el Tribunal de grado deberá efectuar un atento seguimiento del caso y adoptar las medidas que estime conducentes, a fin de que se garantice adecuadamente el vínculo paterno filial, velando en todo momento por el debido resguardo de la salud emocional de Facundo Bento".