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Cinco escenarios posibles para Venezuela

El investigador y escritor Benjamin Goldfrank, experto en "izquierdas latinoamericanas", analizó la situación de Venezuela.


La crisis política reinante en Venezuela a raíz de la no presencia de su presidente Hugo Chávez, quien debe reasumir en el poder este 10 de enero, ha despertado los más diversos análisis y posiciones, tanto hacia adentro como por fuera de ese país.

Es que Chávez triunfó rotundamente en las elecciones, aunque con 2 millones de votos menos que en su anterior consagración y su imagen ha logrado una preponderancia central en la política venezolana.

Pero además, su influencia y la de sus ideas y políticas públicas en Latinoamérica provocan que no resulte igual una Venezuela con Chávez que sin él.

Dialogamos con un estadounidense que es experto en izquierdas latinoamericanas y, particularmente, de la venezolana. Se trata de Benjamin Goldfrank, quien residió en Caracas.

Goldfrank es profesor asociado de la escuela de Diplomacia y Relaciones Exteriores de la Seton Hall University y autor de libros tales como  Deepening Local Democracy in Latin America: Participation, Decentralization and the Left (University Park: Pennsylvania State University Press, 2011) and co-editor of The Left in the City: Participatory Local Governments in Latin America (London: Latin American Bureau and Transnational Institute, 2004).

La consulta de MDZ estuvo centrada en un escenario: una Venezuela gobernada por un presidente internado en otro país y probablemente inconsciente.

"Primero que nada -explicó Goldfrank- aunque es cierto que está fuera de su país y convaleciente, yo no estoy seguro que Hugo Chávez no está consciente.
El estado preciso de su salud ha sido y sigue siendo algo que pocos
saben, dado que el gobierno no ha proveído detalles".  

Agregó luego que "me parece que el problema principal, tal como señala David Smilde (https://venezuelablog.tumblr.com), entre otros, es que la Constitución
venezolana no dice claramente que pasará si un presidente electo no
puede ser inaugurado por la Asamblea Nacional o el Tribunal Supremo de
Justicia en el día 10 de enero".  

En ese sentido, "algunos líderes de la oposición dicen que el gobierno será ilegítimo y que nuevas elecciones serán necesarias inmediatamente, y unos pocos han llamado a un paro cívico para  el 10 de enero.  El vicepresidente, Nicolás Maduro, y su esposa, la Procuradora General, Cilia Flores, argumentan que el juramento en el día 10 es una formalidad, y que lo que importan son los resultados de la elección de octubre".  

"La posición de la oposición me parece demasiado apresurada y la posición de Maduro me parece ambigua", sostuvo el experto estadounidense.

Los cinco escenarios

Benjamin Goldfrank sostuvo que "a mi parecer, hay cinco posibilidades de lo que pueda suceder".  

1- "La primera, es que Chávez se muera o se encuentre inconsciente e inhabilitado antes del 10 de enero, y en tal caso, constitucionalmente el Presidente de la Asamblea Nacional debería ser nombrado Presidente y nuevas elecciones presidenciales seguirían dentro de 30 días".  

2- "La segunda es que Chávez se inhabilite poco después de su juramentación el 10 de enero.  En tal caso el vicepresidente Maduro debería ser nombrado Presidente y nuevas elecciones presidenciales tendrían que ser convocadas dentro de 30 días".  

3- "La tercera es que Chávez sea juramentado el 10 de enero pero continúe en convalecencia.  En este caso no está claro quién sería el encargado de la presidencia".  

4- "La cuarta es que Chávez no sea juramentado el 10 de enero y continúe en convalecencia, en cuyo caso tampoco está claro quién sería el encargado de la presidencia".  

5- "Y la quinta y menos probable, es que Chávez se mejore rápidamente para ser juramentado el 10 de enero o un poco después, y así no habría confusión ni problemas de transición".

En este esquema de cinco posibilidades para Venezuela, Goldfrank sostiene que "las peores posibilidades para la estabilidad serían la tercera y la cuarta, y esas deben ser evitadas".

Primero, la Constitución

Para el investigador estadounidense, "todos deberían apegarse  a lo que establece la Constitución, pero como en este caso el artículo constitucional no fue redactado claramente, creo que la Asamblea Nacional podría actuar rápidamente y tomar la decisión de cómo proceder y despejar las dudas sobre el procedimiento de transición al nuevo gobierno".

Goldfrank sostiene que "si la oposición convoca un paro cívico y lleva el caso al Tribunal Supremo para declarar al gobierno como inconstitucional, no creo que sería bien vista por la mayoría de los votantes y no creo que ganaría el
caso".

"En dos elecciones consecutivas, las nacionales y las regionales -continúa analizando el experto en diálogo con MDZ- fue evidente que la mayoría de los votantes apoyó al partido de gobierno.  En mi opinión,  la oposición debe tener
paciencia y esperar que Chávez resigne, se muera, o lo declaren como inhabilitado de ejercer la presidencia.  Si una de esas situaciones sucede dentro de los próximos cuatro años, lo cual parece probable, la constitución indica que habrá que llamar a nuevas elecciones".  

Las preferencias partidarias dentro del PSUV

 

Uno de los principales aspectos que han salido a la luz en los días previos al emblemático 10E en que Hugo Chávez debería estar en su país para tomar posesión de un nuevo período presidencial es la situación interna de su partido.

Desde adentro desmienten cualquier diferencia. La oposición, alimenta la idea de una puja entre Diosdado Cabello (presidente de la Asamblea Nacional y sucesor constitucional del Presidente) y Nicolás Maduro (canciller y vicepresidente, además de delfín de Chávez).

Al respecto, Goldfrank sostiene que "los miembros del partido de Chávez, el PSUV, reconocen que Chávez nombró a Maduro como su preferido en cualquier futura elección presidencial. En teoría -agrega- sería mucho mejor tener un proceso de elecciones primarias dentro del partido para escoger un candidato presidencial, pero la Constitución establece que la elección tendría que ser dentro de un plazo de 30 días, lo cual no da tiempo para previas".

- ¿Cuál será en definitiva el camino que se seguirá?

- Yo podría seguir especulando sobre el futuro, pero déjame resumir diciendo que la oposición debe tener más paciencia y el gobierno más transparencia sobre el estado de la salud de Chávez y sobre los procedimientos del juramento, presidencia interina, y la convocación a nuevas elecciones.  Pero no creo que eso pase.  Lo más probable es que el 10 de enero hayan manifestaciones por parte de ambos bandos, la incertidumbre va a durar un poco más y al final, dentro de este año, habrán nuevas elecciones.

Un plus: repasá lo que dice la Constitución de Venezuela, en un resumen preparado por Reuters

La Constitución venezolana estipula que el Presidente electo debe iniciar el nuevo período el 10 de enero.

Antes de viajar a Cuba, el líder socialista preparó al país para su eventual ausencia al decir que si se veía impedido de retomar el poder los venezolanos debían votar por el vicepresidente Nicolás Maduro en una nueva elección.

¿Qué dice la Constitución  de Venezuela sobre la ausencia temporal o definitiva del presidente? A continuación, los considerandos de la Carta Magna:

Asunción:

Art. 231. "El candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República  el 10 de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional.  Si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente o Presidenta no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia".

El Gobierno ha insistido en que Chávez no puede perder su condición de presidente reelecto sólo por el hecho de que no pueda juramentarse ese día. El oficialismo insiste en que la toma de posesión es un "formalismo", pues Chávez es un presidente que ha sido reelegido y como tal seguirá en funciones.

El razonamiento de los funcionarios de Chávez es que él podría ir al Tribunal Supremo a recibir la investidura una vez que se recupere, pues en su opinión, la Constitución  no especifica una fecha para asumir ante esa corte.

Constitucionalistas involucrados en la redacción de la norma, al ser consultados por Reuters sobre la intención del legislador en este artículo, dijeron que el "motivo sobrevenido" al que se refiere el apartado tiene que ver con alguna causa que impida a la Asamblea  recibir al mandatario y no viceversa.

Según estos mismos constitucionalistas, el presidente debe juramentarse el 10 de enero, ya sea ante el tribunal o ante la Asamblea.

Ausencia definitiva:

Art. 233. "Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia o su destitución decretada por el Tribunal Supremo de Justicia; su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de  la Asamblea Nacional; el abandono del cargo, declarado como tal por  la Asamblea Nacional; así como la revocatoria popular de su mandato".

Aunque el mandatario no se presente el 10 de enero, no podría automáticamente decretarse una falta absoluta a su cargo. Para eso se tendría que conformar una junta médica ordenada por el Legislativo y el poder judicial -ambos cercanos a Chávez- que decida si el mandatario está capacitado para asumir.

El artículo 233 continúa al decir que si la falta se produce antes de la toma de posesión del presidente electo, "se procederá a una nueva elección" dentro de los "treinta días consecutivos siguientes" a declararse la falta absoluta.

En ese ínterin, el jefe de la Asamblea  ejercerá la presidencia.

La Constitución  no prevé cuándo el presidente que resulte electo en esos comicios anticipados debería asumir o si tendría que esperar hasta el próximo 10 de enero para iniciar su gestión.

Ausencia temporal:

Art. 234. "Las faltas temporales del Presidente o Presidenta de la República  serán suplidas por el Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutiva hasta por 90 días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional  por 90 días más. Si una falta temporal se prolonga por más de 90 días consecutivos, la Asamblea  decidirá por mayoría si debe considerarse que hay falta absoluta".

Aunque el permiso concedido a Chávez para ausentarse temporalmente no ha caducado, la oposición ha llamado la atención sobre la fecha crucial del 10 de enero, considerando que se produce un quiebre en la continuidad del mandato y ha dicho que se deben activar los mecanismos de sucesión.

La oposición cree que se deberá declarar una falta temporal y se encargaría la presidencia del país a la cabeza de la Asamblea, quien deberá ordenar una junta médica que disipe las dudas.

No se sabe con exactitud hasta cuándo puede durar esta presidencia encargada pues depende del lapso que le tome a la junta médica emitir un veredicto y a las instituciones correspondientes aprobarlo.

Por su parte, el gabinete de Chávez ha negado este postulado y ha insistido en que esperan que el propio Chávez, quien no ha sido visto ni escuchado desde su cirugía, tome una decisión.

El Poder Ejecutivo:

Art. 225. "El Poder Ejecutivo está integrado por el Presidente, el Vicepresidente y los ministros".

En Venezuela, el Vicepresidente es nombrado directamente por el Presidente y forma parte de su gabinete, por lo que al terminar el período de mando el 10 de enero, también culmina el de Maduro y los demás integrantes del gabinete.

El artículo 229 agrega que "no puede ser elegido Presidente quien esté en ejercicio del cargo de Vicepresidente, ministro, gobernador o alcalde".

Por ello, a pesar de que fuese ratificado en su cargo por el presidente de la Asamblea Nacional  -que en ese caso también sería presidente del país- Maduro, tendría que separarse de la vicepresidencia para correr en unas nuevas elecciones.