Sigue la polémica

Para Pérez Hualde, Teresa Day no cumple con los requisitos para ser ministra de la Corte

El ex ministro de la Corte, Alejandro Pérez Hualde, entiende que pudo haber un apresuramiento de los medios en decir que el Máximo Tribunal está a favor de que María Teresa Day continúe en el cargo de ministra y explicó los motivos. ¿Qué sucedería si esto fuese así?

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MDZ Radio lunes, 1 de marzo de 2021 · 16:23 hs
Para Pérez Hualde, Teresa Day no cumple con los requisitos para ser ministra de la Corte
Foto: UNCuyo

En el primer programa del año de Con Qué Derecho en MDZ Radio hablamos con el ex ministro de la Corte y abogado constitucionalista, Alejandro Pérez Hualde. Repasamos la resolución de la Suprema Corte sobre los requisitos para ser miembro del Máximo Tribunal, la cual involucra el nombramiento de María Teresa Day como ministra de la Corte

El año pasado la Corte se expidió sobre la polémica por la designación de Teresa Day como ministra de la Corte. Lo que se discutió es si la doctora cumplía o no con los requisitos establecidos por el artículo 152 inciso 3 de la Constitución de Mendoza que exige que para ser miembro de la Suprema Corte de Justicia hay que ser abogado con 10 años de ejercicio de la profesión. Así, el Máximo Tribunal debía interpretar qué hay que hacer para cumplir con esta condición.

Alejandro Pérez Hualde, abogado constitucionalista y ex ministro de la Suprema Corte de Mendoza, explicó: "esto es una resolución que toma el Tribunal, donde opinan los 7 miembros de la Corte sobre cómo debe interpretarse una norma, porque se le ha presentado un pleito en el cual habrá que resolver a la luz de una determinada interpretación de la Constitución". "Entonces, antes de continuar con los juicios, estos se paralizan y se convocan a los 7 medios de la Corte para que unifiquen una interpretación", detalló.

Así, en aquel plenario 4 ministros votaron dando favorablemente la interpretación que le posibilitaría a Day ejercer como ministra de la Corte, pero 3 dijeron que no. ¿Esto qué significa si un expediente cae en la sala donde está el criterio más restrictivo?, le preguntamos al entrevistado, quien aclaró: "Los expedientes ya están radicados en la Corte y por lo que he visto la provincia de Mendoza acaba de contestar demanda en ambos. La Sala debería aplicar el plenario, pero como ha sido resuelto por la mayoría no sé si le es favorable a la doctora Day".

En aquel sentido, Pérez Hualde dijo que a su entender hubo un apresuramiento en los medios de comunicación, porque "ese plenario interpreta que los 10 años pueden haber sido ejercidos dentro o fuera del sector público y, si fueron dentro del Poder Judicial, deben haber sido en algún cargo para el cual sea exigencia constitucional, legal o reglamentaria tener el título de abogado". "Esto yo creo que no se cumple en el caso de la doctora Day, porque el cargo de coordinador del ministerio público, que el voto mayoritario del plenario lo incluye como de aquellos en los que es exigencia el título de abogado, no es así, es un error técnico", opinó.

Así el constitucionalista continuó explicando que la equivocación radica en que "lo ubican en el artículo 30 de la ley del Ministerio Público, cuando en realidad está en el 31, es un error técnico importante, muy fácil de comprobar: para ser coordinador del Ministerio Público no se requiere del título de abogado". De hecho, ejemplificó el entrevistado con el caso de Alfredo Segura, quien ejerció ese cargo siendo licenciado en Ciencias Políticas y Sociales.

Por todo aquellos, Pérez Hualde dijo que "aplicando el plenario no sé si está a favor de la doctora, yo creo que hubo un apresuramiento de titulares en los medios".

Entonces, ¿qué puede pasar, porque Day ya está ejerciendo?, le consultamos al entrevistado quien afirmó que "en ese caso habrá que dejarlo a criterio de quien resuelva, de la misma Corte. Pero la misma Constitución prevé que es insanable la designación de algunos de los cargos que la carta magna prevé, sin el cumplimiento de los requisitos que la constitución misma contempla, de ningún modo puede ser subsanado. Es más, la Constitución dice que puede ser planteado en todo tiempo", reiteró.

En este enlace, la entrevista completa.

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