El fuerte requisito que piden para los que usan monopatines eléctricos en Mendoza
La Legislatura debatirá un proyecto que busca regular a aquellos que utilizan estos dispositivos de movilidad personal.
Proponen que se deba tener una licencia de conducir a quienes utilizan monopatines eléctricos en Mendoza.
ALF PONCE MERCADO / MDZEl diputado provincial Gustavo Perret presentó un proyecto de ley que busca modificar la normativa de seguridad vial de Mendoza y establecer la obligatoriedad de una licencia de conducir para quienes utilicen Dispositivos de Movilidad Personal (DMP), entre ellos los monopatines eléctricos.
La iniciativa busca incorporar a estos vehículos al régimen de habilitación ya existente y reforzar las medidas de prevención en el tránsito, en términos donde ha proliferado la compra y utilización de particularmente los monopatines eléctricos.
La propuesta modifica el artículo 22 de la Ley Provincial N.º 9024 de Seguridad Vial y establece que los conductores de estos dispositivos deberán poseer una licencia de conducir vigente Clase A (la que agrupa a motos y cuatriciclos), en cualquiera de sus subcategorías habilitantes.
Actualmente, la legislación mendocina regula aspectos vinculados a la circulación de estos vehículos, pero no exige una habilitación específica para conducirlos, por lo que el agregado propuesto para dicho artículo es el siguiente: "Los conductores de Dispositivos de Movilidad Personal (DMP), definidos en la presente ley, deberán poseer licencia de conducir vigente correspondiente a la Clase A, en cualquiera de sus subcategorías habilitantes, sin perjuicio de los demás requisitos establecidos por la normativa vigente".
En los fundamentos del proyecto, el diputado peronista sostiene que el uso de monopatines eléctricos y otros dispositivos de movilidad personal "ha crecido de manera sostenida en los últimos años, consolidándose como una alternativa de transporte ágil, económica y sustentable".
Sin embargo, advierte que su circulación "implica una interacción constante con peatones, ciclistas, motociclistas y automovilistas, lo que requiere conocimientos básicos sobre normas de tránsito y seguridad vial".
El legislador recordó que la Ley 9.333 ya incorporó definiciones específicas para estos vehículos, donde se "fijó una edad mínima para conducirlos, estableció límites de velocidad y determinó obligaciones de seguridad". No obstante, consideró Perret que esa regulación "resulta insuficiente sin una exigencia formal de capacitación y habilitación para quienes los utilizan".
Equiparación con motocicletas y ciclomotores
Uno de los principales argumentos de la iniciativa es que los monopatines eléctricos comparten espacios de circulación con otros vehículos y pueden alcanzar velocidades que generan riesgos para la seguridad vial. Por ello, Perret plantea equiparar su tratamiento al de los ciclomotores y motocicletas, exigiendo la licencia Clase A para su conducción.
Según el texto, la licencia de conducir permite que el Estado verifique que una persona cuenta con las aptitudes físicas, psíquicas y técnicas necesarias para desenvolverse de manera responsable en la vía pública. Además, garantiza conocimientos sobre señalización, prioridades de paso, prevención de siniestros y convivencia en el espacio urbano.
El proyecto aclara que la medida no contempla la creación de una nueva categoría de licencia ni implica mayores cargas administrativas para el Estado. La propuesta consiste en incorporar a los conductores de DMP al sistema de habilitaciones ya vigente, utilizando las categorías existentes para motocicletas.
