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Producción de vinos: declarado "sector crítico" recibirá el ATP

Es una de las actividades que comenzará a recibir la ayuda del Estado para el pago de los salarios. "Va a traer un alivio para la próxima cosecha", afirman desde el sector.

Redacción MDZ
Redacción MDZ lunes, 28 de septiembre de 2020 · 09:56 hs
Producción de vinos: declarado "sector crítico" recibirá el ATP
Bodega - Imagen ilustrativa Foto: Telam

El Gobierno incluyó la elaboración de vinos en el programa ATP tras declarar - a través de la Decisión Administrativa 1760/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial - quince nuevos sectores como "críticos", la mayoría vinculados con el turismo. Desde la Coviar afirman que el pedido se había realizado en mayo y celebran esta novedad. Una fuente consultada afirmó que esta medida "va a permitir traer un alivio en la próxima cosecha".

Algunas de las activdades que recibirán el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP):

  • Servicios para la aeronavegación; de hangares y estacionamiento de aeronaves; y complementarios para el transporte aéreo.
  • Alquileres de automóviles sin conductor; de vehículos automotores y de equipo de transporte, sin conductores ni operarios. 
  • Alquileres de equipos de transporte para vías acuática y aérea, sin operarios ni tripulación.
  • Elaboración de vinos.
  • Fabricación de accesorios de vestir de cuero.
  • La confección de prendas  vestir de cuero.
  • Terminación y teñido de pieles y fabricación de artículos de piel.
  • Las ventas al por menor de prendas de cuero; artículos de talabartería y artículos regionales; y de marroquinería y paraguas.

La norma adopta las recomendaciones del Acta 21 del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP, que destacó la necesidad de "ampliar la nómina de las actividades que se consideran afectadas en forma crítica" y recomendó que “la asistencia a estos sectores retorne a niveles similares a los de la primera ronda de la ATP”.

Esto significa que se incremente el actual piso de un salario mínimo, vital y móvil, equivalente a $ 16.875; a 1,25 SMVM, es decir, $ 21.093,75; para otorgar el beneficio de Salario Complementario.

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