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Factura electrónica: poco interés de empresas de servicios públicos

Un especialista en factura electrónica aseguró que, lejos de impulsar la modernización del cobro de las boletas, “las empresas emisoras terminaron trasladando el costo del papel, la impresión y el correo al usuario”.

“En ciudades desarrolladas hay avances constantes en el pago electrónico, en Mendoza aún no hay interés de las empresas de servicios públicos que siguen apostando al papel y no a invertir en tecnología efectiva”, dice Bruno Cosentino, gerente de Soluciones ID y del sitio FacturaciónWeb.com.ar.

El 1 de abril, la AFIP avanzó con la regulación a las empresas de servicios públicos para que emitan sus comprobantes bajo la modalidad de factura electrónica y nuevas tareas administrativas relacionadas con el régimen de información sobre las ventas diarias efectuadas a consumidores finales.

Las empresas de servicios públicos de electricidad, gas y agua tienen uso obligatorio de la factura electrónica. Deben validar por Internet cada una de las facturas que emitan por los servicios realizados e informar diariamente a la AFIP por las operaciones realizadas, según la resolución 3571.

La disposición alcanza a otras actividades, como la construcción, instalaciones,
mantenimiento, notarios, abogados, servicios inmobiliarios, servicios de consultoría, de gestión, de asesoramiento, a grandes rasgos. Además, las empresas de servicios públicos tienen un procedimiento particular para la generación de los comprobantes electrónicos denominados "Liquidación de Servicios Públicos".

Inclusive, se agregaron requisitos que deben declarase ante la AFIP como: datos del usuario, propietario y titular de los servicios prestados y si éstos reciben subsidios. “Si se aplica esta tecnología hay una baja significativa de costos de impresión y correo postal, pero la realidad es
que no ocurre”, dice Cosentino.

-¿Por qué las empresas de servicios públicos no promueven la facturación online como lo hacen telefónicas y bancos?

-Para cumplir con esta resolución, las empresas tuvieron que sortear inquietudes como cumplir con los datos que exige la AFIP de los beneficiarios del servicio, resolver qué hacer con la facturación tradicional que traían, si mantenerla o hacer doble facturación; y cómo hacer llegar los comprobantes electrónicos a los usuarios, entre otros puntos. Las empresas más grandes arrancaron el 1 de abril con el cumplimiento de la Resolución, pero continuando con el envío del papel a los hogares y publicando las facturas electrónicas en sus respectivos sitios.

Así afrontan doble presupuesto (facturación en papel y facturación electrónica). Sin embargo, existen cientos de pequeñas cooperativas que son distribuidoras de aguas, gas y electricidad, que de ninguna manera cuentan con estructuras IT para la aplicación de este procedimiento y que no disponen de elevados presupuestos para contratar. En su mayoría han continuado con la facturación tradicional.


-¿Cómo hace un cliente que quiere ver su factura electrónica?
Desde el inicio de la facturación electrónica en 2008, cuando se obligó a servicios masivos como la Telefonía a implementar esta metodología, se presentó un problema: Todas las empresas emisoras pusieron a disposición del usuario las facturas en su propio sitio. Las personas deben loguearse y deben recolectar uno por uno sus facturas en varios sitios y con distintas formas de acceso.

Una persona promedio debe acceder a más de 5 sitios online para recuperar sus facturas. Es más, existen estudios que afirman que las empresas emisoras de comprobantes electrónicos terminaron trasladando el costo del papel, la impresión y el correo al usuario, quien indefectiblemente, termina recolectando de sitio en sitio la boleta e imprimiendo el comprobante. Es por esto, que la aceptación de comprobantes electrónicos es realmente limitada por parte del usuario final. Es mucho más práctico recibir todas las facturas en un mismo lugar, la puerta de la casa.

-¿Cómo debería funcionar el servicio?
En el ámbito de la facturación electrónica debería descartarse el papel. Nuestra empresa y otras, ofrecemos soluciones tanto para el emisor de la factura, como también para los receptores de comprobantes. Se pone a disposición de los usuarios, de forma gratuita, todas las facturas electrónicas en un mismo lugar, lo que permite acceder desde cualquier cuenta de Google, Facebook, Twitter, Mercadopago, Mercadolibre, etc.

Además se obtienen descuentos, sumas millas, y otras promociones. De este modo, las empresas amplían la aceptación electrónica de comprobantes y efectivizan bajas de costos. Se estima que el tratamiento de un comprobante en papel cuesta hasta $5 y el de un comprobante electrónico, incluida la llegada al usuario, $1,50.

¿En el corto plazo puede llegar a ser obligatorio el pago con factura electrónica para los clientes?

La AFIP todavía no lo hace obligatorio. La gran mayoría de la población no tiene percepción, ni noción de cuánto pagó ayer o paga hoy de impuestos y servicios. Tener un historial de las facturas mes a mes en la PC, es uno de los muchos beneficios que esta tecnología presenta.

¿Estamos muy atrasados con respecto a otros países en el acceso a esta tecnología?

No. Argentina es pionera en la facturación electrónica junto con México y Chile. La UNCuyo, el IDITS y otros jugadores en el ámbito privado, están avanzando en propuestas que nos pondría a la vanguardia a nivel mundial.


¿Qué otras actividades exige la AFIP que se sumen al sistema de factura electrónica?

- A partir del 1 de abril, las actividades de construcción, reforma y reparación de edificios; obras; movimiento y preparación de suelos; electricidad; alquiler de equipos de construcción; pintura y trabajos de decoración. 
- A partir del 1 de mayo, los servicios inmobiliarios y de alquiler.

- A partir del 1 de junio, el alquiler de automóviles, maquinarias y equipos de transporte; el alquiler de prendas de vestir y efectos personales.

- A partir del 1 de julio, las actividades de investigación y desarrollo experimental en el campo de la ingeniería, tecnología y en determinadas ciencias (médicas, agropecuarias, exactas, naturales, sociales y humanas).

- A partir del 1 de agosto, los contribuyentes que se encuentran en la jurisdicción de la División Grandes Contribuyentes Individuales dependiente de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, y todas estas actividades:

- Reparación y mantenimiento de: maquinarias, instrumentos médicos, ópticos y de precisión, equipo fotográfico, aparatos eléctricos (entre otros).
- Servicios de consultores en informática y suministro de programas, procesamiento de datos (entre otros).
- Agencia de noticias y servicios de información.
- Servicios jurídicos y notariales.
- Servicios de contabilidad, auditoría y asesoría fiscal.
- Servicios de gerenciamiento de empresas.
- Servicio de asesoramiento, dirección y gestión empresarial realizado por integrantes de sociedades.
- Servicios relacionados con la construcción (incluye servicios prestados por ingenieros, arquitectos y técnicos).
- Servicios geológicos y de prospección.
- Servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones.
- Servicios de arquitectura e ingeniería.
- Ensayos y análisis técnicos.
- Servicios de publicidad.
- Estudio de mercado y encuestas de opinión pública.
- Obtención y dotación de personal.
- Transporte de caudales y objetos de valor.
- Servicios de seguridad e investigación.
- Servicios de limpieza general de edificios.
- Servicios de envase y empaque.
- Servicios empresariales.