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Inquilinos y propietarios: ¿quién paga realmente la comisión?

Firmar el contrato de alquiler significa un desembolso de dinero muchas veces incalculable. ¿Por qué los inquilinos se tiene que hacer cargo de los honorarios inmobiliarios?
Foto: Walter Moreno/MDZ
Foto: Walter Moreno/MDZ

Cuando se firma un contrato de alquiler, hay una pregunta que casi nadie hace, pero que todos pagan: "¿Quién debe hacerse cargo de la comisión inmobiliaria?".

El sentido común es simple: "quien contrata un servicio, lo paga".

En este caso, es el propietario quien recurre a una inmobiliaria para que publique su propiedad, reciba consultas, coordine visitas, evalúe garantes, negocie condiciones y redacte el contrato.

El inquilino no contrata ese servicio. No lo elige, no lo negocia, no lo aprueba. Solo llega con la necesidad de alquilar.

Sin embargo, en la mayoría de los casos, el 100% de la comisión se le exige al inquilino. Y se repite sin ninguna prestación de servicio en la renovación del alquiler y si protesta afuera. 

Y lo más grave: la ley habilita esta injusticia.

Una ley que protegía y un DNU que desprotegió

Hasta fines de 2023, la Ley Nacional 27.551 corregía este abuso: establecía que, en los contratos de vivienda, "los honorarios debían ser pagados exclusivamente por el propietario".

Era una regla lógica, justa y necesaria.

Pero el DNU 70/2023, del actual Gobierno, la derogó por completo.

Y al hacerlo, reinstaló un modelo funcional a las inmobiliarias y conveniente para los propietarios, que ahora pueden delegar toda la gestión, y transferir el costo a quien menos poder tiene: el inquilino.

¿Y qué pasa en Mendoza?

En Mendoza rige la Ley Provincial 3.043, que autoriza cobrar hasta un 5% del total del contrato por honorarios de intermediación, repartido en partes iguales entre inquilino y propietario.

Pero ese reparto no se respeta.

Un mes completo se le exige al inquilino de "comisión inmobiliaria". Aunque no haya contratado el servicio. Aunque no haya pactado ese monto.

El propietario, por su parte, se desliga de toda la gestión: no recibe a los interesados, no revisa documentos, no se enfrenta a ninguna conversación incómoda.

Y todo eso le sale gratis. Incluso cada vez que renueva el contrato de alquiler.

No es libertad de mercado: es un modelo armado para abusar

La comisión inmobiliaria no se cobra por costumbre ni por desorden. Se cobra así porque "es el negocio perfecto".

El propietario terceriza todo el proceso y no pone un peso. La inmobiliaria gana clientes cautivos, que no discuten el precio porque "no tienen alternativa real".

Y el inquilino, por necesidad, acepta pagar un servicio que no pidió y no controla.

Este sistema no es justo, pero es rentable. Imagínate que es tan rentable que también se cobra en las renovaciones de contrato de alquiler sin que la inmobiliaria mueva un dedo. O si mueve el "print" de la computadora. 

Y por eso se sostiene.

El DNU 70/2023 no trajo libertad ni competencia. Trajo impunidad comercial y respaldo legal para prácticas abusivas.

El que necesita vivir no debe financiar el negocio del que tiene propiedades

Hoy, una familia que intenta alquilar una casa tiene que pagar:

  • Depósito.
  • Primer mes.
  • Garantías.
  • Sellado.
  • Gastos administrativos.
  • Y toda la comisión inmobiliaria.

Si no acepta, pierde la oportunidad.

Incluso debe pagar la misma comisión inmobiliaria para renovar el contrato. Un total abuso de posición dominante. 

El contrato no es un acuerdo: "Es una imposición cerrada, donde uno decide y el otro solo firma".

Esto no es un conflicto entre partes.

Es un modelo que lucró históricamente con la necesidad de vivienda y que ahora, gracias a un decreto, vuelve a hacerlo sin límites.