Anmat prohibió un aceite de oliva elaborado en Mendoza y dos marcas de productos para el cabello
La Anmat publicó en el Boletín Oficial la prohibición de un aceite de oliva y de alisadores, shampoos y otros productos.

Entre los productos prohibidos por la Anmat se encuentra un aceite de oliva elaborado en Mendoza. Foto: Freepik
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este viernes dos marcas de productos para el cabello y un aceite de oliva proveniente de Mendoza. En todos los casos, se trata de productos ilegales que no estaban registrados ante el organismo ni cumplen con la normativa vigente.
Productos para el cabello sin inscripción sanitaria
En la Disposición 5037/2025 publicada en el Boletín Oficial, la Anmat comunicó la prohibición del uso, comercialización, publicidad y publicación en plataformas de venta en línea de los productos alisadores denominados Bio Smooth, junto con un shampoo antiresiduos llamado "Banana extract hialuronic acid" de la marca Banana Premium. Según detalló el organismo, estos productos no están inscriptos en los registros sanitarios obligatorios.
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Por otra parte, en la Disposición 5038/2025, se prohibió la venta de productos de la marca "Topliss", entre los que se encuentran artículos como "Plex 1", "Shampoo neutro", "Biotina", "Botox matizador azul", "Botox matizador violeta", "Tratamiento capilar aceite de coco", "Tratamiento capilar aceite de jojoba", "Tratamiento capilar aceite de almendra", "Alisado dominicano" y "Shock keratina pink cristal", entre otros.
Desde el organismo advirtieron que al no estar registrados, estos productos podrían contener formol, una sustancia tóxica que no está autorizada para el alisado del cabello. La exposición a sus vapores puede generar reacciones alérgicas, dificultades respiratorias e incluso ser cancerígeno.
Aceite de oliva falsamente rotulado
En la Disposición 5040/2025, la Anmat también prohibió el aceite de oliva marca Monte Oliva, que se presentaba como elaborado en la provincia de Mendoza. El producto fue considerado ilegal ya que no cumple con la normativa alimentaria vigente y no puede ser identificado de manera clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento habilitado.
El organismo detectó que el aceite estaba falsamente rotulado, con números de RNE y RNPA inexistentes, lo cual impide garantizar su trazabilidad y seguridad para el consumo.