Impuesto a las Ganancias: quiénes pagan hoy y cómo se actualizará el monto
En el comienzo de este año, para determinar el llamado mínimo no imponible que rige hoy, se aplicó un incremento de 50,6% a la cifra de $150.000.
Desde 2018 y por la vigencia de una ley aprobada a fines de 2016, las variables que definen quiénes pagan el impuesto a las ganancias se actualizan en el inicio de cada año según la variación interanual, al mes de octubre, de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
Sin embargo, el salario más bajo alcanzado por el impuesto podría ser incrementado por el Poder Ejecutivo en cualquier momento, porque una ley aprobada a fines de 2021 le otorgó expresamente esa facultad.
El Ripte es un indicador que mide cómo les va a los salarios de los trabajadores declarados por sus empleadores durante al menos 13 meses consecutivos en el sistema previsional. Es una referencia de los ingresos de los trabajadores formales y con cierto nivel de estabilidad en sus puestos. En los primeros tres meses de este año, la variable avanzó un 18,1%.
En un contexto de inflación y recomposiciones salariales, no aplicar actualizaciones provoca que haya personas que empiecen a tributar aunque sus ingresos tengan un poder adquisitivo más bajo.
En el comienzo de este año, para determinar el llamado mínimo no imponible que rige hoy, se aplicó un incremento de 50,6% a la cifra de $150.000; de allí que hoy se les descuente Ganancias a quienes tienen un salario bruto superior a $225.937. Este último es el número que el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, pidió que se eleve ahora a $265.000, en una carta enviada al ministro de Economía, Martín Guzmán.
En cuanto a los autónomos, si bien están alcanzados por la actualización de cada año según la evolución del Ripte, no fueron contemplados por las disposiciones de la ley que el año pasado mejoró la situación para los asalariados y los jubilados. A principios de 2021, mientras se debatían los cambios en el Congreso, Sergio Massa afirmó que se estaba trabajando “en una ley paralela” para ese grupo de contribuyentes. Pero, hasta ahora, no hubo ningún proyecto sobre el tema. Para todo este año, la deducción general para los autónomos es de $757.694 (un promedio mensual de $63.141). A partir de ese monto de facturación se tributa y, a la base imponible, se le descuentan los conceptos que es posible deducir.
Y para las jubilaciones y pensiones, una disposición legal especial define que el mínimo no imponible equivale a ocho veces el haber mínimo. Desde junio, esa cifra será de $300.200.