Opinión
Constitucionalidad de la ley 7722: valorar el consenso social por sobre los vericuetos legales
Los acontecimientos sucedidos en San Juan, con el accidente minero en Veladero cuyos alcances aún no están de todo determinados pero que sin dudas serán dañinos para la constitución socioeconómica de la región, pusieron nuevamente en escena principal el debate en torno a los riesgos de la minería y los límites, condiciones y regulaciones que el Estado debe imponer a esa actividad.
Este debate no es ajeno a Mendoza, donde el eje de discusión se centra hoy en la constitucionalidad de la ley provincial 7722 que justamente avanza en esos límites, condiciones y regulaciones citadas, impidiendo, entre otras cosas, el uso de substancias tóxicas y peligrosas para la salud de los habitantes y la salubridad del ecosistema, tales como el cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares.
Como es de conocimiento público, esta ley sancionada en 2007 ha sido muy resistida por las empresas del sector, quienes presentaron un sinnúmero de recursos de inconstitucionalidad a la ley, argumentando que la actividad ya presenta límites establecidos en los art. 33 y 36 del Código de minería; y por lo tanto la norma local vulnera lo establecido en dicho Código.
Más allá de esta cuestión de corte legalista, no hay que perder de vista aquí la necesidad de saldar, como tema central, si en el marco de la organización de las relaciones al interior de nuestras comunidades, la primacía, al momento de habilitar determinadas cuestiones que puedan afectar el interés más general, debe estar en la necesidad de prevalencia de Consensos y Licencias Sociales; o si los vericuetos legales deben imponerse por sobre la opinión mayoritaria y fundamentada de distintos sectores sociales que, más allá de sus diferencias en otros aspectos, coinciden en temáticas de fondo como la planteada en la ley 7722.
Esto, en parte, ha sido abordado por el Papa Francisco en su Encíclica Laudato Sí, cuando se pregunta "¿Qué tipo de mundo queremos dejar a quienes nos sucedan, a los niños que están creciendo?". En esta elaboración, Francisco avanza en proponer el reconocimiento de una ecología integral como nuevo paradigma de justicia, que permita incorporar el "lugar peculiar del ser humano en este mundo y sus relaciones con la realidad que lo rodea" lo cual nos lleva a entender a la naturaleza en unidad con el ser humano, hecho que se traslada a los distintos campos de acción humana: la economía, la política, en el reconocimiento de las distintas culturas, y en todo momento de nuestra vida cotidiana.
En Laudato también se distingue que esta perspectiva integral incorpora una ecología de las instituciones, cuando plantea: "Si todo está relacionado, también la salud de las instituciones de una sociedad tiene consecuencias en el ambiente y en la calidad de vida humana: Cualquier menoscabo de la solidaridad y del civismo produce daños ambientales".
Desde nuestra posición, creemos que si bien lo jurídico es clave para la organización general de nuestras sociedades, aparecen determinadas circunstancias en donde los cuerpos normativos aplicables son obsoletos frente a las nuevas necesidades que surgen en la comunidad; y a reconocimientos de la integralidad del mundo como los que aparecen en la visión del Santo Padre. Este es el caso de la ley 7722 y el imperativo de su vigencia firme.
Por desgracia, y pese a los intentos de los distintos gobiernos desde 1983 a la fecha, Mendoza no ha podido modificar su Constitución Provincial que sigue dando cuenta de una realidad de principios de siglo 20, y uno de sus ejemplos más claros pasa por la no adecuación local a la Constitución Nacional en lo que atañe a los derechos y cuestiones ambientales.
Frente a esto, y ante la aparición de nuevas demandas y cuestiones a resolver, el Estado local aplicó resoluciones acordes al nuevo escenario, aún cuando la Carta Magna no lo contemplara, anticipando lo que el propio Francisco hoy proclama al decir: "Mientras se deteriora constantemente la calidad del agua disponible, en algunos lugares avanza la tendencia a privatizar este recurso escaso, convertido en mercancía que se regula por las leyes del mercado".
Hoy, en este escenario complejo en el que el grueso de la sociedad mendocina se ha expresado a favor de la defensa del medio ambiente, es clave que el Fiscal de Estado asuma todas sus obligaciones institucionales con la responsabilidad correspondiente. Es cierto que frente a lo ocurrido en el seno de la Suprema Corte ha presentado una suerte de reclamo para que se revea la decisión de la máxima autoridad judicial provincial respecto de no convocar a audiencia pública previo a decidir sobre la constitucionalidad de la ley, y esto es importante para poder enfrentar una posible declaración de inconstitucionalidad de la ley, ya que en términos legales es el único actor legitimado para intentar revertir esa situación.
Sin embargo son muchas las dudas que a esta altura surgen: ¿hay una intención verdadera de este funcionario de colaborar con la vigencia de la ley 7722, sobre la cual varios fuimos iniciadores hace más de 9 años, sin que él, tanto como parte de la gestión de Celso Jaque y luego como legislador se expresara clara y contundentemente sobre el tema, o es sólo un artilugio marketinero que se reduce a una presentación que sin seguimiento deviene en insulsa? En caso de una posible inconstitucionalidad, ¿tomará el Fiscal de Estado de manera plena su responsabilidad en el marco del nuevo gobierno que asumirá en diciembre?
La resolución de estos interrogantes se dará en el transcurrir del tiempo. Lo que esperamos es que el accionar futuro que desempeñe Fiscalía de Estado sea acorde a la demanda y consenso social presentes, y que priorice los intereses de los habitantes de Mendoza que ya se han expresado con claridad respecto de la vigencia de la ley 7722, teniendo presente la letra de "Laudato" al recordar que "las predicciones catastróficas ya no pueden ser miradas con desprecio e ironía. A las próximas generaciones podríamos dejarles demasiados escombros, desiertos y suciedad".
Diego Seoane, Abogado. Senador provincial mandato cumplido. Autor del proyecto sobre el que se construyó la ley 7722.