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Opinión

El Espíritu Grande quedó reducido a un cartel

Las leyes de transparencia no son prioridad en Argentina y mucho menos en Mendoza.

El acceso a la información pública es un derecho consagrado en la Constitución Nacional de 1994, pero además en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, todos con rango constitucional.

A comienzos de 2014 la UNESCO señalaba que 19 países en América Latina y el Caribe ya contaban con normas de este tipo; entre ellos Brasil, Chile, Ecuador, México y Perú. A finales del mismo año se sumó Paraguay mientras que en la Argentina pese a los diversos proyectos que se presentaron en el Congreso Nacional sólo existe un decreto, el 1172 del año 2003, aunque rige solo para el Poder Ejecutivo Nacional.

En las provincias la situación es diversa y muy irregular ya que no hay un ordenamiento adecuado al avance y al crecimiento que ha tenido este tema en el mundo. Por supuesto Mendoza está totalmente ajena a cualquier iniciativa de este tipo.

Quizás muchos estén pensando ¿qué tiene de relevante una ley de acceso a la información pública? y en rigor de verdad podríamos decir dos cosas: primero que cuando la ciudadanía entiende que existen estas herramientas empieza a utilizarla y con ello comienza otro nivel de comunicación entre el ciudadano y el Estado; segundo, trae aparejado una nueva forma de gestionar donde involucra a un gobierno más abierto y más cooperativo

Estamos convencidos que la transparencia en la función pública debe ser la primera señal que debe entregar la clase política de Mendoza antes de pensar en otro tipo de reformas. Para ello es imprescindible avanzar con una ley que incorpore la Ética Pública y garantice al Acceso a la Información. En Mendoza sólo hubo voluntarismo verbal sobre estos temas, rimbombantes anuncios del Gobernador Pérez ante la Asamblea Legislativa en 2013 y en 2015 y nada más. Luego la falta de consenso, la nula voluntad política y la evidente ausencia de conducción del mandatario, ya que el oficialismo tiene mayoría en las comisiones, hicieron que el tema se estancara y el debate se tornara inconducente.

A esta altura usted se preguntará si la ética debe ser objeto de algún tipo de regulación legal y técnicamente uno debiera decir que no, pues constituye un presupuesto obvio y exigible del obrar humano, máxime cuando se enmarca en una labor al servicio de la comunidad.

Sin embargo, el accionar de muchos funcionarios ha llevado a reconocer la necesidad de normar ciertos aspectos mínimos para el ámbito de la función pública pese a que, como se dijo, resultan de evidente exigibilidad y se muestran particularmente en los últimos tiempos muchas veces soslayados.

En unos meses, en Mendoza se termina un ciclo donde la puesta en escena y los discursos tribuneros fueron una marca registrada. Donde la mentira y la improvisación estuvieron a la orden del día. Donde el relato de ficción del Espíritu Grande quedó reducido a un desteñido cartel.

Los planes de metas son una herramienta de gestión para aumentar la transparencia y dotar de información a los vecinos. Esto se logra a través de ordenanzas y de leyes que establecen que los gobiernos formulen objetivos, actividades y metas claras y medibles para la acción ejecutiva, así como también rendir periódicamente cuentas sobre el avance de la gestión. A partir del 10 de diciembre la provincia comenzará a transitar ese camino donde el foco estará puesto en la transparencia, la accesibilidad de la información pública y la rendición de cuentas.

 Por Tadeo García Zalazar.

Diputado Provincial UCR Godoy Cruz.