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Notas

Las razones de la absolución en el caso de la joven que arrojó su bebé a un canal

El resonante caso tuvo su resolución el lunes 15 con la absolución de la joven Daniela Tapia, quien arrojara su bebé sin vida al canal Marginal. Su abogado brindó detalles sobre los hechos que determinaron la sentencia.
Daniela Tapia y su abogado defensor Humberto Alonso Foto: Ariel Jalley/mediamza.com
Daniela Tapia y su abogado defensor Humberto Alonso Foto: Ariel Jalley/mediamza.com
Según Humberto Alonso, abogado defensor de la joven Daniela Tapia (18), dijo haber pedido la absolución de “esta niña, que en un cuadro insólito; en una situación por demás llamativa, como madre primeriza tiene a su hija, sola en una finca, en condiciones climáticas tremendas, en un baño, la niña no llora, sólo se queja. Su madre intenta ayudarla, corta el cordón umbilical con una tijera, la envuelve con un trapo de piso, la acuesta en la cama y la tapa todo lo que puede.

Al poco tiempo, nota que la criatura no se mueve y está muy fría. Por ello entre la desesperación que no la descubriera su padre, al que le había ocultado el embarazo, cuando concurre a la escuela nocturna a las 19 horas, lleva la criatura envuelta y al ver la llegada de su padre, un hombre de ideas rígidas casi diría arcaicas, la chica deposita al bebe en el cauce del Canal Marginal y es encontrado al otro día en Carmensa.

El letrado patrocinante de la joven, entiende que una prueba de su buena fe, es que la madre primeriza no conocía la asistencia que había que hacerle a la recién nacida, como la aspiración de la mucosidad en la bebé, como un detalle notorio del nivel de conocimiento del contexto en el que pasaron estas circunstancias, “tampoco sabía cómo debía acostar a la niña, y la prueba fundamental de esto es que tampoco se cuida ella, ya que al poco tiempo la joven Tapia comienza a sentirse descompuesta, por esta situación concurre al hospital, y constata que ella es la madre de la niña y todavía tenía la placenta dentro de su cuerpo, que se le estaba pudriendo lo que produce un principio de gangrena, que deriva en su internación en terapia intensiva”.

Alonso explica que durante el proceso judicial se determinó que la joven madre no incurrió en contradicciones y que la recién nacida necesitó asistencia médica con la que no contó por las circunstancias ya explicadas.

En cuanto a la situación familiar actual, el letrado explica que la intervención del juzgado de instrucción de General Alvear, el Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario, más la participación de la iglesia a la que concurre la familia los han contenido y ha provocado que la chica lleve adelante su vida, mediante el estudio, el cultivo de una huerta en conjunto con su padre, lo que ha servido para que los lazos familiares se vayan reconstruyendo, haya más diálogo y la familia en su conjunto se haya unido más.

“Esto hizo que los uniera más, ya que en un principio su padre, por una formación muy rígida llegó a declarar en términos muy duros, pero hoy en día la acompaña más a su hija, tienen un mejor diálogo; todo como resultado de la asistencia que recibieron, además de la intervención de los hermanos de la joven (la menor de la familia) quienes le hicieron ver a su padre que las situaciones se resuelven por otros medios”, concluyó el abogado Alonso.

Los argumentos de la sentencia que absolvió a la joven serán dados a conocer por el Tribunal que la juzgó, el próximo martes 23 de agosto.