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Notas

Grandes Marcas: La oposición propone cambios a la legislación vigente

El bloque radical presenta un documento remarcando las falencias de las ordenanzas que gravan los derechos de publicidad de las "grandes marcas".

El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical considera que se debe realizar una reforma a las Ordenanzas que establecen el cobro de derechos de publicidad y propaganda comercial.

A tal efecto, su presidente, Profesor Edgar Rodríguez, presenta hoy un escrito en el cual denuncia graves falencias que pueden llegar a ocasionar situaciones de inequidad y hasta perjuicios a los comerciantes locales.

El documento ingresó por la mesa de entradas del Honorable Concejo Deliberante con copia hacia el Ejecutivo Municipal para que tome conocimiento del mismo. La intención de los ediles radicales es lograr modificar algunos puntos de las ordenanzas sin tener que presentar un proyecto alternativo.

Entre las falencias se destaca el ámbito donde se ubica la publicidad, la aplicación retroactiva del tributo, la aplicación de multas, la participación de una empresa privada en la determinación y percepción de la tasa a cobrar y la responsabilidad solidaria del comerciante local en el pago de estos derechos que se imputan a las "grandes marcas". El proyecto tomó estado parlamentario.

El ámbito dónde se ubica la publicidad

El artículo 144 de la Ordenanza Tarifaria Nº 9890 expresa que " el tributo grava las publicidades que sean realizadas y exhibidas en la vía pública, frentes y vidrieras, dentro de las vidirieras y espacios de acceso del público, en predios o en el interior de los mismos, edificios, terrazas, fachadas, con vista a la vía pública y en general visibles desde cualquier ángulo desde la vía pública".

Los ediles radicales advierten en este punto que a partir de éste nuevo régimen no solo se está gravando el espacio público sino también se ha avanzado respecto de los lugares internos pertenecientes a la esfera de la propiedad privada con el argumento de combatir la contaminación visual en las vidrieras e interiores de los comercios.

Al respecto, el documento indica que " evitar esta contaminación visual no justifica la invasión del estado para querer controlar las publicidades que se colocan en el interior de un comercio.

Aplicación retroactiva del tirbuto

La Ordenanza 9187, promulgada en Julio del 2008, en su artículo cuarto establece "que los aforos por derecho de publicidad y propaganda comercial tendrán vigencia a partir de la sanción de la misma".

Las notificaciones cursadas hacia las empresas intiman el pago del tributo desde el año 2005 por lo que según, los concejales de la UCR, indican que " esta actitud no solo viola lo normado por la ordenanza sino también el andamiaje jurídico con sustento constitucional".

Aplicación de Multas

En este punto, el documento advierte que " se pretende aplicar una multa sin que exista el previo trámite de una Acta de Infracción y la posibilidad de una notificación de descargo". Asimiso  estas multas según los autores del escrito " se repiten todos los años, es decir, por una misma infracción hay 5 multas".

La participación de un particular en el proceso de determinación y percepción del tributo

En el artículo quinto de la Ordenanza 9187 se "autoriza al Ejecutivo Municipal a llamar a la Licitación Pública para la contratación del servicio de verificación determinación, liquidación, seguimiento de pago y gestión judicial para la percepción de tributos municipales por Derechos de Publicidad y Propaganda".

En primer término, explica el documento " los honorarios a percibir por el particular eran del orden del 10% d elo recaudado pero luego dicho porcentaje fue modificado por la Ordenanza 9395 elevando dicha participación al 40%".

Los radicales manifiestan que dicha modificación solo tiende " a incentivar al tercero en la búsqueda de un aumento desmedido de la recaudación en beneficio propio".

Responsabilidad solidaria del comerciante local

La Ordenanza 9890 en su artículo séptimo establece  en uno de sus párrafos que "serán solidariamente responsables del pago de los derechos, recargos y multas que correspondan, los anunciadores, anunciados, permisionarios, quienes cedan espacios con destino a la realización de actos de publicidad y propaganda".

La norma, según el Bloque " es clara y establece responsabilidad solidaria del comerciante sanrafaelino por lo que lo expone a una situación que no debería tener que afrontar en caso de que su proveedor no pague el tributo exigido".

Edgar Rodriguez, presidente del bloque, afirma que " nuestro Bloque no acompañó con su voto ninguna de estas Ordenanzas y que si bien el instrumento  es necesario para obtener una fuente genuina de financiamiento se deberán corregir esos puntos para no ocasionarle un perjuicio al erario Municipal ya que está expuesto a tener que afrontar litigios o demandas por altas sumas".