Notas
Ordenanza para que San Rafael no tenga más terrenos baldíos abiertos
Un Proyecto de Ordenanza presentado por el concejal Navarro (PJ), busca que se haga un relevamiento y control del estado de higiene y seguridad de los baldíos, y que luego sean cercados. El mismo deberá ejecutarse desde el centro hacia la periferia de la zona urbanizada.
Los baldíos “son superficies que no han sido aprovechadas para ninguna de las necesidades que el crecimiento urbano exige y que en la mayoría de los casos se han convertido en basurales, resumideros de escombros, focos infecciosos de importante riesgo y en centros reproductores de infinidad de insectos, o albergue de toda clase de alimañas”, explica el proyecto. Agrega que estos lugares en muchos casos generan hasta temor por los vecinos ya que nunca se sabe qué ocurre o quién se esconde allí. Hay quienes utilizan estos sectores para ingerir estupefacientes, alcohol, abusar sexualmente, ocultación de bienes robados entre otros fines.
El proyecto pretende que a esos terrenos se les haga un cierre perimetral que obligatoriamente deberá estar construido con elementos que permitan la visibilidad hacia su interior, a fin de posibilitar la revisión permanente de la limpieza de los mismos con el objeto de evitar que con el crecimiento de las malezas en su interior, se conviertan en terreno propicio para el inicio y propagación de fuego. Por otro lado se trata con este tipo de cierre perimetral de evitar que se transformen en “aguantaderos” y depósitos de objetos robados.
Se consideran “baldíos” las parcelas de hasta diez mil metros cuadrados (10.000 m2) de superficie que no estén edificadas ni se encuentren cultivadas al momento de realizar la inspección; que estando edificadas, se encuentren dentro de algunos de los siguientes casos: edificaciones en estado ruinoso o inhabitable, edificaciones en construcción, abandonadas y que no posean certificado parcial o de final de obra; estando adyacente a otra edificada, no construya con ésta una unidad indivisible que pueda considerarse como una sola parcela catastral.
La Municipalidad procederá a identificar e intimar a los propietarios de terrenos baldíos, para que en un plazo de quince días hábiles desde la fecha de intimación, procedan a la limpieza y cercado de los terrenos.