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Notas

"La Promoción Industrial debería regirse por una Ley votada por el Congreso", dijo Callejas

El representante legal de la Cámara de Comercio, Pablo Callejas, nos cuenta en esta nota el alcance de la medida de No innovar que el Juez Federal de San Rafael dictaminó a favor de la Entidad, suspendiendo preventivamente la aplicación Decreto 699. Suspendido el Decreto, cree que el Congreso debería sancionar una Ley de Promoción Industrial.
Foto: Marcelo Schmitt/Mediamza.com
Foto: Marcelo Schmitt/Mediamza.com
Esta mañana se conoció el fallo del Juez Federal Hector Raúl Acosta quien dictaminó la medida de no innovar en la aplicación del Decreto 699 que permite prorrogar los beneficios de la Ley de Promoción Industrial a provincias vecinas en detrimento de Mendoza.

Pablo Callejas, representante legal de la Cámara de Comercio de San Rafael, expresó "la satisfacción de esta medida de no innovar" que le permite a la provincia ganar tiempo para plantear un debate más serio que permita que el Decreto se derogue en forma definitiva.

Respecto a los alcances de la medida y los pasos a seguir, el letrado se prestó a responder una serie de preguntas pàra aclarar el panorama que de ahora en más se avecina.

-¿ Cuanto tiempo tiene el juez para expedirse en la causa después de la medida de no innovar?

No hay tiempos determinados para que el Juez tenga que expedirse, ahora habrá que correr traslado de la acción del amparo. Seguramente el Poder ejecutivo Nacional responderá y ofrecerá pruebas al respecto. Nosotros deberemos sustanciar las pruebas ofrecidas por la Cámara de Comercio y recién después vendrá una resolución pero no hay un tiempo estimado para la resolución definitiva de la causa.

-¿Cómo interactúan las tres medidas que se han interpuesto en este tema?

En primera medida todas juegan a favor, esta resolución viene a favor del planteo que ha hecho Omár Félix y sirve como un antecedente para lo que vaya a resolver la Corte de la Nación . No quiere decir con esto que le tengan que dar lugar si o si , esta es una medida preventiva y a los efectos de evitar un daño que se pueda considerar muy grave e irreparable. Todo lo que se haga para derogar este decreto y discutirlo como debe ser es bienvenido.

-Si la Corte no hace lugar al pedido del estado mendocino,¿ la medida va a tener antecedentes negativos?

Si pero va a depender de los fundamentos de rechazo que haga la Corte Nacional, si bien hay cuestiones de fondo que son muy similares en las dos presentaciones, nosotros hemos agregado algunos fundamentos que la provincia no hizo.
Por ejemplo respecto a la competencia desleal a la que se ven sometidos nuestros asociados en relación con sus colegas de las provincias beneficiadas porque al no tener que pagar en esa provincias ni el IVA ni el impuesto a las ganacias la diferencia en los costos es sideral. Ese punto el Estado Provincial no lo puede tratar porque como provincia no se ve afectada, pero los industriales y empresarios lo pueden plantear, inclusive se ha acompañado un cuadro comparativo demostrando cómo esta ley afecta a las empresas ante situaciones idénticas, que beneficios y que perjuicios tienen los empresarios que producen en una provincia con promoción o sin este régimen. Queda demostrado en el cuadro que inclusive trabajando a pérdida las provincias con promoción industrial tienen igualmente beneficios con respecto a Mendoza.

-¿El Poder Ejecutivo Nacional puede recursar al Juez y sacarlo de la causa?

Podrá recusarlo al momento que se le notifique lo cual no quiere decir que la medida quede sin efecto, el Estado Nacional podrá apelar y esa situación se resolverá en  la Cámara Federal. A partir de ahí comienza la batalla judicial y se tomarán todas las medidas necesarias para llegar hasta la Corte Suprema.
Hay dos escenarios, uno es pasar el 2012 con este recurso de "no innovar" y la otra que es la más conveniente, lograr una ley votada por el Congreso Nacional que permita derogar los benficios para 4 provincias en desmedro del resto del país.