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Notas

Más de 800 fojas tienen los fundamentos de la sentencia

Hace ya un mes que finalizó el primer juicio por delitos de lesa humanidad en San Rafael. Este miércoles comenzó la lectura de los fundamentos de la sentencia condenatoria a los cuatro imputados.

El 16 de noviembre en el aula magna de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria, el Presidente del Tribunal Oral nº 2, Roberto Burad leyó la sentencia que condenó a los 4 imputados por las desapariciones forzadas de Roberto Osorio, Pascual Sandoval, José Berón y Francisco Tripiana. Desde ese momento tres de los imputados, el ex comisario Ruiz Soppe, el teniente coronel retirado Aníbal Guevara y el ex policía Juan Labarta están presos en una cárcel de Mendoza, mientras que el abogado de la policía Raúl Egea está en la cárcel de encausados de San Rafael.

Hoy en el Juzgado Federal, como estaba previsto, comenzó la lectura de los fundamentos de dicha sentencia, los cuales serán público a partir de terminada la misma. Sin embargo ese documento no podrá ser publicado en una nota, teniendo en cuenta que se trata de más de 800 fojas, y según manifestó el Dr. Burad, la lectura demandará aproximadamente 3 días.

Estuvieron en la sala además del Presidente, uno de los Ministros, el Dr. Roberto Naciff y por razones particulares no asistió el Dr. Héctor Cortez, quien fue reemplazado por el cuarto Juez, Dr. Raúl Fourcade. Por el Ministerio Público estuvo el Dr. Francisco Maldonado y por las defensas, los cuatro abogados. Hubo un pequeño debate en cuanto a si se llevaba a cabo la lectura de los fundamentos o no, puesto que uno de los defensores, Ramiro Dylon y el Fiscal Maldonado no podrán asistir mañana por razones particulares, en tanto que el resto de los defensores no se oponían a la omisión de la lectura, siempre que pudieran llevárselas en algún soporte electrónico.

Sin embargo, el Ministro Roberto Naciff, explicó que en un juicio similar en San Luis, no se leyeron los fundamentos a pedido de los defensores que luego pidieron la nulidad de la sentencia puesto que el Código Procesal Penal exige que los fundamentos sean leídos. Para que en San Rafael no ocurra lo mismo, el Presidente del Tribunal ordenó que se dé lectura a los fundamentos de la sentencia número 1186 por Secretaría, sin perjuicio de que los abogados que tengan que retirarse por razones particulares lo hagan cuando lo consideren pertinente. 

Vale recordar que se condenó a Raúl Alberto Ruiz Soppe a la pena de prisión perpetua e inhabilitación perpetua por encontrarlo como autor mediato penalmente responsable de los delitos de privación ilegitima de la libertad agravada por el uso de violencia y amenazas, en concurso ideal con el delito de tormentos agravada por la condición de perseguidos políticos de las víctimas, en concurso real con el delito de homicidio calificado por alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas, todo lo anterior en concurso real y en relación a las desapariciones forzadas de Tripiana, Osorio y Sandoval, todo a su vez en concurso real con el delito de falsedad material de documento público.

El Teniente Coronel (RE) Aníbal Guevara fue condenado a la pena de prisión perpetua por encontrarlo coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad respecto de Tripiana, Osorio y Sandoval con la agravante, y en relación a José Berón en concurso ideal, artículo 54 del Código Penal, con el delito de imposición de tormentos agravada por la condición de perseguidos políticos de las víctimas, en concurso real con el delito de homicidio calificado por alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas, por cuatro hechos en concurso real el relación a la desaparición de Sandoval, Osorio, Tripiana y Berón.

El Tribunal condenó también a Juan Labarta a la pena de prisión perpetua por encontrarlo coautor penalmente responsable de los delitos de privación ilegítima de la libertad respecto de Tripiana, Osorio y Sandoval con la agravante, y en relación a José Berón en concurso ideal, artículo 54 del Código Penal, con el delito de imposición de tormentos agravada por la condición de perseguidos políticos de las víctimas, en concurso real con el delito de homicidio calificado por alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas, por cuatro hechos en concurso real el relación a la desaparición de Sandoval, Osorio, Tripiana y Berón.

Al abogado Raúl Egea Bernal el Tribunal lo condenó a la pena de 8 años de prisión e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el mismo tiempo de la condena por encontrarlo coautor penalmente responsable de los delitos de falsedad material de instrumento público, por un hecho en relación a Francisco Tripiana y con el delitos de falsedad ideológica en cuatro hechos: Tripiana, Osorio, Sandoval y Berón en concurso real calificándolos como delitos de lesa humanidad. Egea era el único de los imputados que estaba en libertad, pero la misma fue revocada y se ordenó su inmediata detención.

Los fundamentos contestarán a las preguntas: ¿Cuál fue el marco histórico en el que ocurrieron los hechos de este juicio?; ¿existió la implementación de la legislación Estatal represiva?; ¿existió el terrorismo de Estado?; ¿en San Rafael se desarrolló el ‘plan represivo’ las detenciones ilegales, torturas sistemáticas y la desaparición forzada de personas ?; ¿está probada la existencia de los hechos, la responsabilidad y autoría de los enjuiciados con respecto a Francisco Tripiana, Roberto Osorio, Pascual Sandoval y José Berón?; ¿los hechos constituyen delitos de lesa humanidad?; en su caso, ¿cuál es la calificación legal de los hechos y las penas a aplicarse?

Una vez leído ese documento, se agota la competencia en la causa de esos jueces y si los defensores quieren apelar la sentencia deberán hacerlo ante otros magistrados.