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Notas

El EPAS anunció los valores de las multas por derroche de agua potable

Exige a los operadores sanitarios que en un mes presenten plan de mitigación de fugas en sus redes. Los usuarios infractores serán pasibles importantes multas. Entrará en vigencia una vez que se publique en el Boletín Oficial. Vea el cuadro de multas.
Foto: Flickr.com
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Profundizando las medidas tendientes a mitigar la Emergencia Hídrica provincialdecretada por el Gobierno, el Ente Provincial del Agua y el Saneamiento reglamentó los cambios en la normativa de uso responsable del agua potable,previo análisis integral de la problemática y entendiendo las multas por derroche como medidas complementarias al cambio cultural que necesariamente deben protagonizar los mendocinos con relación a un recurso natural crítico y a la vez imprescindible.

Se mantiene el horario de prohibición de riego de jardines de 8 a 22 hs durantela temporada estival. Se unifican los criterios de usos prohibidos todo el añoy restringidos entre en 1º de setiembre y el 31 de marzo. Todos los prestadoresde agua potable de la provincia (Aguas Mendocinas, cooperativas, uniones vecinales, municipios y otros) deben adecuarse a la Resolución de EPAS Nº 95/10que impone multas desde $ 160 (ciento sesenta pesos) a los usuariosinfractores.

El cuadro de multas se compone de la siguiente manera:

Prohibiciones para todo el año durante las 24 horas del día: riego calles pavimentadas con agua potable por cualquier medio y lavado de veredas y automóviles con agua con agua potable mediante manguera o hidrolavadora, en ambos casos rige una multa de 160 pesos. El uso de agua potable extraída desde conexiones clandestinas tendrá una sanción de 2000 pesos

Restricciones Período Estival desde el Septiembre hasta fines de marzo en el horario de 8.00hs a 22.00hs: Riego de Jardines, Riego de calles no pavimentadas, llenado de piletas, u otros sufrirán una multa de 160 pesos.

En caso de repetirse la infracción la multa se duplicará en función a los montos mencionados. Asimismo la Aysam está autorizada, en caso de reiteración en las infracciones, a pasar al usuario al sistema de consumo medido más exceso.

Por otra parte, y dado que no sólo los usuarios deben ser cuidadosos con el derroche sino también los responsables de prestar el servicio, el artículo 1ºde la nueva Resolución EPAS ordena a los operadores tomar las medidas técnicas para evitar fugas en sus sistemas de producción y distribución de agua potable y presentar en 30 días al ente regulador un plan de detección y control de lasmismas así como de detección y anulación de conexiones clandestinas.

También autoriza a los operadores a realizar convenios conmunicipios u otros entes estatales a fin de convenir formalmente el aporte de inspectores que trabajen en la vigilancia del buen uso del agua potable.

Cuadro de multas (38.86 KB)