Notas
Juicio por delitos de lesa humanidad: La fiscalía también pidió perpetua
El Fiscal Dante Vega comenzó su segunda alocución en esta etapa de alegatos, hablando de manera más técnicamente jurídica que ayer. Habló de la Teoría de dominio del hecho en la que explicó que existe una coexistencia entre autoría mediata con la coautoría, existe la atribución delictiva para quienes se encontraban en posición jerárquica ante otros que eran sus subordinados.
Sobre el Teniente Coronel Guevara (entonces Teniente), el Fiscal dijo “niega los hechos que se le atribuyen. Se cuida de no mencionar ningún episodio en particular. Reconoce haber participado en dos o tres operativos de detención de personas aclarando que fueron ordenados por su superior pero que no presenció ni participó de interrogatorios de personas”, y agrega que “su problema es justificar su presencia en la departamental a partir del 31 de marzo o sea la ‘fatídica’ fecha de libertad de Sandoval y Tripiana, en la que figura como presente junto con otros imputados”. Encuentra algunas contradicciones en su testimonial de la etapa de instrucción.
El Fiscal explicó que entre el grado de mayor y el de teniente hay grados intermedios, y que según Guevara “recibía órdenes de distintos superiores de la carrera de mandos pero no quiere dar nombre de los mismos y su identificación es responsabilidad de otra persona, no de el”. Al respecto Vega le da la razón y admite que en Estado de Derecho no es el imputado el que tiene que aportar la prueba, pero eso hace referencia a la prueba incriminativa, no a la de descargo. “Evidentemente el mencionar qué mandos intermedios existían entre Suárez y Guevara le hubiese ayudado a éste a clarificar su posición dentro del aparato militar que usurpó el poder en San Rafael”, dijo.
Luego de un cuarto intermedio hizo la última exposición de Ministerio Público el Fiscal Francisco Maldonado. Primeramente solicitó que se extraiga compulsa contra: Braulio Navarro Chirino, el policía Hugo Trentini, el policía Pedro Carrió López, el policía Oscar Pérez, el policía Daniel Guajardo, el reverendo Franco Revérberi, el médico José Miguel Ruiz Pozo, Luis Sabes, el policía Orlando Gutiérrez, el policía Tomás Rojas y el jefe de infantería al momento de los hechos, Pierino David Massaccesi.
Después fundamentó el pedido de penas. “Deben ser aplicadas para evitar la impunidad, y la imposición de penas a los enjuiciados por estos hechos significa que el Estado no omitirá rendir cuentas respecto de crímenes que fueron la expresión de la exorbitancia, de la arbitrariedad, del sistema punitivo acaecido hace 34 años”, dijo. Aseguró que no se los trató a los imputados “como enemigos” y “de no hacer lo que ellos hicieron con sus víctimas”. Explicó que “no existen dos derechos sino que fueron los miembros de ese gobierno quienes usaron la fuente productora del derecho, el Estado para cometer los hechos. Son ellos quienes rompieron las reglas de reciprocidad preestablecidas que dan base al principio de legalidad”.
El pedido de penas fue:
A Raúl Alberto Ruiz Soppe, por el delito de privación ilegítima de la libertad agrabada en concurso real con el delito de tormentos agrabada, por la condición de perseguidos políticos de las víctimas en concurso real con homicidio agrabado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas por tres hechos en concurso real y en relación a las desaparición forzada de Tripiana, Osorio y Sandoval como autor mediato y todo a su vez en concurso real con los delitos de falsedad material y falsedad ideológicas de instrumento público por tres hechos en concurso real y en relación a los casos Tripiana, Osorio y Sandoval en calidad de autor y todo a su vez en concurso material con el delito de asociación ilícita calificando a los anteriores como delitos de lesa humanidad, la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua con accesorias legales y costas.
A Aníbal Alberto Guevara Molina y a Juan Roberto Labarta, por los delitos de privación ilegítima de la libertad en concurso real con el delito de tormentos agrabada por la condición de perseguidos políticos de las víctimas, en concurso real con homicidio calificado por alevosía y en concurso premeditado de dos o más personas, todo lo anterior por cuatro hechos en concurso real y en relación a la desaparición forzada de Tripiana, Osorio, Sandoval y Berón, todo en calidad de coautores en concurso real con el delito de asociación ilícita agrabada y calificando a los anteriores como delitos de lesa humanidad, la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua con accesorias legales y costas.
Al Dr. Raúl Egea Bernal, por el delito de falsedad intelectual y material en el caso del acta de libertad de Francisco Tripiana y falsedad intelectual en los casos de las actas de libertad de Osorio, Sandoval y Berón en concurso real con el delito de asociación ilícita agrabada y calificados los mismos como delitos de lesa humanidad, la pena de 6 años de prisión e inhabilitación durante el tiempo que dure la condena.
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Los acusados escuchan al Dr. Francisco Maldonado
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“Porque no es posible conformarnos con migajas de legalidad, un poco de garantías y de derecho, en representación de la comunidad argentina y de las víctimas, de las que no están, solicito la condena en los términos expuestos a los acusados como forma de ofrecer la debida y suficiente tutela de los derechos fundamentales previstos en la Constitución Nacional”, finalizó el Fiscal.
Terminando la jornada, el hijo del desaparecido Francisco Tripiana iba saliendo y les gritó a los acusados “¡rompan el pacto de silencio y digan dónde están los cuerpos!”. El imputado Egea lo apuntó con el dedo al escuchar sus palabras.
La semana que viene empiezan los alegato de los abogados defensores, primero será la defensa del Teniente Guevara integrada por los Doctores Eduardo San Emeterio y Ricardo Curutchet, luego la de Ruiz Soppe a cargo de Rufino Troyano y el miércoles terminaría con las de Labarta y Egea Bernal cuyo abogado es Ramiro Dillon.
Luego el Tribunal podrá tomarse hasta 10 días hábiles para dictar sentencia.