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Notas
Erradicarán montes frutales invirtiendo 1,5 millones de pesos
Se trata de erradicación gratuita de montes frutales. Se destinará esa suma para tal tarea. La plata viene de la Nación y la provincia aporta los recursos logísticos. Buscan "priorizar la continuidad productiva de pequeños productores".
En el marco del convenio firmado el pasado mes de abril entre la Secretaría de Agricultura Ganadería, Pesca y Alimentos (SAGPyA) y la provincia de Mendoza, a través del Ministerio de Producción, se han destinado 1.5 millones de pesos a la erradicación de montes frutales de pepita (peras y manzanas) en abandono y/o riego fitosanitario; el empleo de técnicas de control biológico de plagas y la promoción de la utilización de cartón corrugado, incluyendo material, colocación y recolección a campo.
Este financiamiento se dispone dentro un protocolo específico referido a la sanidad de los productos frutihortícolas. La finalidad del mismo es priorizar la continuidad productiva de pequeños productores, contribuyendo así al sostenimiento de la actividad del sector primario.
Inscripción de productores interesados
Los productores interesados en erradicar en forma gratuita montes abandonados o semi-abandonados de pera y manzana que constituyen un foco para la difusión de plagas deben comunicarse en forma gratuita con el Programa de Lucha contra Carpocapsa en la sede Central de ISCAMEN, Boulogne Sur Mer 3050, Ciudad, o en la línea gratuita 0800 – 666 – 4722 o en cualquiera de las sedes de ISCAMEN en la provincia
Documentación que deben presentar los interesados
Escritura de la propiedad (original y fotocopia).
Documento de identidad del propietario o apoderado (original y fotocopia de la y 2a hoja y página donde figure el domicilio).
En caso de sociedades o apoderado; poder especial o general de autorización y fotocopia del mismo.
Inscripción en el RUT – Registro Permanente de Uso de la Tierra.
Escritura de la propiedad (original y fotocopia).
Documento de identidad del propietario o apoderado (original y fotocopia de la y 2a hoja y página donde figure el domicilio).
En caso de sociedades o apoderado; poder especial o general de autorización y fotocopia del mismo.
Inscripción en el RUT – Registro Permanente de Uso de la Tierra.