Pese a la prórroga

Si tu licencia de conducir está vencida, pese a la prórroga, el seguro puede no cubrir algunos siniestros

Muchos ciudadanos no han podido renovar su licencia de conducir por falta de turno en el municipio que le corresponde el trámite. Hasta esto, hubo una prórroga de validez de los plásticos que evita multas, pero aún así hay vacíos legales en torno a la cobertura del seguro, por ejemplo.

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MDZ Radio jueves, 4 de marzo de 2021 · 14:51 hs
Si tu licencia de conducir está vencida, pese a la prórroga, el seguro puede no cubrir algunos siniestros
Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

En MDZ radio hicimos un informe a partir de la prórroga de vencimiento de las licencias de conducir. Quedan algunos baches legales que podrían traerle inconvenientes al conductor, por lo cual en esta nota te contamos todo lo que debés saber si formás parte de esos mendocinos que aún no pueden renovar su carnet habilitante por falta de turnos.

Con motivo de la pandemia y la cuarentena los centros emisores de licencias de conducir comenzaron a acumular casos de renovación que no pudieron hacer. Al restablecer el servicio, por esas demoras sumado a la atención reducida, aún hay municipios donde los solicitantes consiguen turno para 90 días posteriores al vencimiento de su licencia.

Ante esto, el Gobierno nacional emitió una prórroga de validez de ese plástico, que evita que el conductor reciba una multa. Pero, ¿qué sucede con el curso teórico y práctico que un conductor debe hacer si no renovó su carnet por más de 3 meses?, ¿puedo salir de la provincia?, ¿tengo cobertura de mi compañía aseguradora? Sobre todo esto hablamos con Oscar Hómola, director de Seguridad Vial, con Edgardo Juchniuk, de la Asociación de productores y asesores de seguros de Cuyo (APAS) y con el especialista en seguridad vial, Héctor "Buddy" Roitman. 

Roitman en el programa Con Qué Derecho detalló que "hasta el 30 de junio de 2021 sigue la prórroga para conducir aunque la licencia esté vencida, sin correr el riesgo de sufrir una multa por infracción vial gravísima". Sin embargo alertó que: "La ley dice que si vas a renovar tu carnet después de 3 meses tenés que rendir un examen como si fuera la primera vez, es decir hacer el curso de manejo y pasar la evaluación teórico/práctica".

Al respecto Hómola, afirmó en No Tan Millennials que "cada centro de emisión deberá decidir sobre la necesidad o no de reevaluar en lo teórico o en lo práctico. Hacerlo o no depende del criterio de cada uno de los municipios y también de la situación de cada postulante".

Respecto a las salidas de la provincia, Hómola dijo que "hay que llevar el plástico vencido y también el decreto del intendente de donde yo resido, que se consigue en la página web de cada municipio, y una copia del provincial (número 1650)". El comisario recomendó tener los comprobantes en soporte papel, porque en muchos lugares no hay conectividad y a veces la aplicación Mi Argentina falla. En tanto que Roitman aconsejó también llevar el turno, para los casos de personas que hayan conseguido cita de renovación para después del vencimiento de su licencia.

¿Tengo cobertura de mi seguro?

Con respecto a las coberturas que brindan las aseguradoras recordemos que una de las condiciones para que se hagan cargo de nuestro siniestro es tener la licencia de conducir al día, por lo que le consultamos a Hómola si en estos casos las compañías también se adhieren a la prórroga y cubren a sus asegurados. "La Superintendencia de Seguros no ha tenido inconvenientes en asumir como válidas las licencias que se encuentran inmersas en estas distintas prórrogas", dijo.

Sin embargo, Edgardo Juchniuk de la Asociación de productores y asesores de seguros de Cuyo (APAS) no fue tan optimista: "Hay una ley que dice que para conducir debés estar habilitado, pero estamos en una situación de emergencia debido a la pandemia, por lo que no nos cabe duda de que la mayoría de las compañías aseguradoras van a afrontar los siniestros. Pero no hay que olvidar que si entramos a la parte jurídica no van a tener cobertura".

En aquel sentido, Juchniuk dijo que "es una voluntad que tiene el sector asegurador para aportar en esta situación excepcional", por lo que le preguntamos de qué depende que tengamos cobertura: "Fundamentalmente del tipo de siniestro. Si hablamos de uno de grandes magnitudes puede haber una exclusión de cobertura, por ejemplo uno que incluya pérdida de vida humana o la destrucción total del otro vehículo".

De todos modos, el miembro de APAS dijo que a su entender, llegada la instancia judicial posiblemente un magistrado resuelva en favor del asegurado, por más de que la aseguradora haya rechazado la cobertura por circular con el carnet vencido.

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