Migraciones

Apertura de fronteras: lo que hay que saber para ingresar al país

La Dirección Nacional de Migraciones emitió un comunicado donde se confirma que se abren algunas fronteras terrestres, aéreas y marítimas para que puedan ingresar al país aquellos extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos y que arriban por razones de necesidad.

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MDZ Radio lunes, 30 de noviembre de 2020 · 19:24 hs
Apertura de fronteras: lo que hay que saber para ingresar al país
Foto: Télam

En la publicación del Boletín Oficial, la Dirección Nacional de Migraciones hace una salvedad para anunciar que se tomó la decisión de abrir las fronteras, basándose en pedidos y casos específicos de familiares que han estado separados producto de la pandemia. 

Dentro del anuncio se mencionan las fronteras habilitadas dentro del territorio nacional, entre ellas están: 

  •  Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini de la localidad de Ezeiza, Bs As. 
  • Aeropuerto Internacional San Fernando de la localidad de San Fernando, Bs As. 
  •  Puerto de Buenos Aires (Terminal Buquebus).
  • Pasos Fronterizos Internacionales Paso de los Libres – Uruguayana, Corrientes.
  • Sistema Cristo Redentor, Mendoza.
  • San Sebastián, Tierra del Fuego.
  • Gualeguaychú - Fray Bentos, Entre Ríos. 

En el programa radial "Sonría, lo estamos filmando" dialogó Juan Manuel Serrano, titular de la Dirección Nacional de Migraciones en Mendoza que mencionó uno de los motivos para llegar a esta decisión: "Hemos recibido muchos pedidos por parte de Cancillería y había muchos pedidos de excepción para el sector de Migraciones. Esta disposición viene a dar respuestas a esa situación básicamente estableciendo algunos requisitos como ser familiar directo de ciudadanos argentinos para poder ingresar". 

Serrano detalló cuáles son los requisitos para que los extranjeros no residentes puedan ingresar:  “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional, certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente apostillado o legalizado, según corresponda, que se compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI argentino del familiar a quien precisa visitar, reserva de pasajes; constancia de PCR con resultado negativo -con un máximo de 72 horas de anticipación- y un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19".

 

Escuchá la entrevista completa acá

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