Delito

¿Cómo te protege la ley ante una usurpación?

Hablamos con un abogado penalista que nos explicó qué hacer y qué no en caso de que suframos el delito de usurpación. Estos hechos crecen en momentos de crisis social o económica.

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MDZ Radio lunes, 26 de octubre de 2020 · 20:55 hs
¿Cómo te protege la ley ante una usurpación?

En el programa El Permitido, hablamos con Pablo Cazabán, abogado penalista, quien nos despejó dudas y nos aclaró cómo proceder en caso de ser víctima de un delito de usurpación.

En primer lugar, Cazabán detalló que usurpar es quitarle la posesión de un inmueble al que la tiene y tomarla quien no posee derecho a la misma, de forma ilegal. Lo fundamental que se protege es la posición, no se habla de quién es el titular. "Incluso se puede dar de que el propio dueño le haya otorgado la posesión a una persona y luego se la entregue a otra, violando los derechos de posesión del primero. Con lo cual el mismo titular nominal podría incurrir en una usurpación en un contrato de locación, por ejemplo", explicó.

¿Cómo actuar en caso de sufrir una usurpación?

El penalista detalló que quien ha sido víctima de una usurpación debe acudir a la oficina fiscal o al órgano judicial más cercano. La Justicia es la única que tiene facultades de determinar de quién es la posesión legal y a partir de ahí la obligación de restituir la situación a los momentos previos a que se haya cometido la usurpación". "El fiscal no hace un favor, es una obligación hacer cesar el delito", recalcó Cazabán.

Por una cuestión obvia de seguridad, no hay que intentar por mano propia sacar a los usurpadores, pero además, "la víctima podría pasar también a incurrir en un delito". "Es cierto que el sistema judicial no es expeditivo, pero es lo único que tenemos hoy", resaltó el abogado.

En aquel sentido, el abogado alertó de que "estas situaciones pueden terminar inclusive en un homicidio, porque no son episodios tranquilos. Por eso no es conveniente hacerlo por mano propia, yo sé que no es fácil porque ahí están los ahorros de toda la vida e incluso hasta los afectos, pero hay que pensar que la persona que se decidió a cometer un delito de usurpación probablemente esté decidido a seguirlo a cualquier precio".  

Respecto de la legítima defensa, dijo que "no se puede hacer lo que uno quiera con ella, hay que ajustarse a los requisitos de ésta, sino se puede caer en un exceso de legítima defensa o incluso en un delito autónomo". "Hay que tener cuidado, no me autoriza a todo".

Finalmente, el abogado explicó que se pueden hacer reclamos desde la justicia civil o penal, pero que él aconseja esta última dado que "es más expeditiva, puede hacer cesar los efectos de delitos en forma inmediata y a su vez puede ejercer una acción civil, algo que no sucede a la inversa".

Según su experiencia, Cazabán dijo que la usurpación no sucede con frecuencia. "Sí es verdad que es un delito que aunque no se crea tienen épocas o temporadas, en situaciones de dificultad económica o social se da más". Pero no tenemos un número exagerado de estos delitos.

 

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