Todo lo que tenés que saber para viajar a Chile
Si Chile será tu destino para este verano vale la pena chequear este pequeño cuestionario con información útil para despejar todas las dudas.
¿Qué documento necesito para viajar a Chile? Los papeles necesarios para cualquier persona mayor de edad son el DNI (tarjeta o libreta celeste o verde en buenas condiciones) o el pasaporte. No puede utilizarse como documento para cruzar la frontera la cédula federal sin la inscripción del Mercosur, la cédula provincial, y las antiguas libreta de enrolamiento y libreta cívica.
Los menores que viajan junto a sus padres deben presentar DNI y libreta de familia o partida de nacimiento original (o fotocopia certificada). Si los menores viajan solos, o con uno solo de sus progenitores, deberán contar con DNI, y autorización judicial de viaje.
SALIDA DEL PAÍS CON EL DNI NUEVO EN TRÁMITE: La constancia de DNI en trámite NO es documento hábil para egresar del país.
¿Qué otra documentación necesito presentar? Es necesario completar la Tarjeta Única Migratoria (TUM) que se puede bajar de la página web de migraciones: https://www.migraciones.gov.ar/accesible/templates/tarjeta_migratoria/tarjeta_migratoria.htm
¿Puedo llevar mi mascota a Chile? El Servicio Agrícola y Ganadero de Chile autoriza el ingreso al país de mascotas -perros, gatos y hurones- siempre que estos animales cumplan con los requisitos sanitarios vigentes.
¿Dónde puedo realizar un permiso/autorización de viaje si me encuentro en el exterior? Si se encuentra en el exterior deberá dirigirse al consulado argentino más cercano o ante un notario público, el mismo deberá estar traducido y apostillado.
¿Pueden los padres hacer un permiso/autorización de viaje de alcance amplio? Si; los permisos/autorizaciones de viaje no requieren necesariamente ser restrictivos, pudiendo ser amplios (esto quiere decir que los permisos/autorizaciones pueden confeccionarse hasta la mayoría de edad y a cualquier país del mundo y los menores pueden viajar solos o acompañados)
¿Cuáles son las cosas que se consideran parte de tu equipaje? La AFIP considera equipaje personal a todos los bienes, ya sean nuevos o usados, que una personas pueda necesitar en forma razonable para uso o consumo personal (o que son trasladados porque son regalos) durante el viaje, siempre que la cantidad o variedad llevada no genere la sospecha de que se trata de una importación o exportación con fines comerciales o industriales.
¿Cuáles son los objetos que debo declarar en la Aduana? Aquellos efectos que se están llevando en el equipaje que sean de alto valor, o de naturaleza electrónica o tecnológica como la cámara fotográfica, filmadora, computadora portátil o tablet. El trámite es simple: dirigirse a la ventanilla consignada al efecto y exhibirlos ante el servicio aduanero. Asegurarse de que se registren en el formulario FOM 121, y se entregue una copia. Esto evitará a los viajeros el pago de tributos que gravan la importación para consumo, en el regreso al país. Este formulario también lo podés completar antes de viajar ingresando en la página web de AFIP: www.afip.gob.ar, dentro de “Accesos más utilizados”, "Declaración de objetos y/o vehículos".
El sistema se encuentra unificado con el disponible para la confección del FOM 121 (Declaración de Equipaje). De esta manera, quienes deseen salir del país con su vehículo y lleven además objetos transportados como equipaje, podrán confeccionar ambos formularios en forma anticipada y en el mismo momento.
Cabe recordar que, estos formularios tienen el carácter de declaración jurada de retorno dentro del plazo que otorgue la autoridad aduanera al momento de la salida, y que deberán ser presentados a su retorno para la cancelación del trámite. Por ello siempre debe imprimir dos copias.
¿Qué cosas no debo llevar, porque pueden quitármelas en la Aduana? No se pueden sacar del país armas de fuego sin la correspondiente autorización del Registro Nacional de Armas (Renar), mercaderías de exportación prohibida por razones de seguridad pública, Defensa Nacional, salud pública y sanidad. Los mendocinos que vayan de vacaciones al país trasandino no podrán trasladar ningún alimento de origen animal o vegetal. Tampoco se permite pasar pirotecnia o fuegos artificiales.
Las maderas y los minerales -que muchas vecen son parte de artesanías- tienen restricciones puntuales, por lo cual pueden ser confiscadas al momento del paso.
También está regulada la entrada de: productos apícolas -miel, cera, polen, etc.-, insectos, bacterias, hongos, virus y otros microorganismos para investigación u otros usos; carnes de cualquier especie animal. Productos al vacío, embutidos, jamones, etc. Productos lácteos y/o sus derivados. Productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario. Para conocer cuáles son específicamente los productos de origen animal que podés llevar a Chile, y en que condiciones debés hacerlo.
Tampoco se pueden sacar del país divisas por montos superiores a 10.000 dólares, salvo que el movimiento se realice a través de entidades financieras y cambiarias, con las autorizaciones correspondientes. Los viajeros menores de 16 años no emancipados sólo podrán llevar un importe máximo de 5000 dólares. Los pesos argentinos quedan exceptuados de esta limitación, pero cuando el importe total a egresar sea igual o superior al equivalente a 10.000 dólares deberán declararlos en Aduana mediante un formulario. Para la conversión de monedas se toma como referencia el tipo de cambio vendedor fijado por el Banco de la Nación Argentina correspondiente al día hábil anterior al de la salida del país.
Fuente: https://www.argentinosenchile.cl



