Corte

Se levantó la cautelar y ahora las empresas podrán cortar el gas por falta de pago

La Cámara Nacional de Apelaciones habilitó a las distribuidoras de gas para cortar el servicio en aquellos casos que adviertan moras por parte de los usuarios

sábado, 29 de junio de 2019 · 15:03 hs

La Cámara Nacional de Apelaciones levantó la medida cautelar impuesta por el juez federal Alejo Ramos Padilla, que estaba vigente desde hace un año, y que prohibía proceder con cualquier tipo de corte del servicio de gas por falta de pago.

Fallo Gas

Así, las empresas distribuidoras de gas podrán interrumpir el suministro por mora en el pago, luego de que los jueces Jorge Esteban Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández hicieron lugar a los recursos impulsados desde el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y la Secretaría de Energía.

En relación a la novedad, el diputado provincial de Protectora, Mario Vadillo, se expresó en contra a través de su cuenta de Twitter considerando que la medida "consagra la mercantilización de un bien común y que la quita de accesibilidad de un servicio público a los más vulnerable".

La cautelar, que inicialmente tuvo un plazo de 90 días, fue ratificada el 4 de junio de 2018, y sin plazo de finalización considerado, respondiendo a lo establecido en el artículo 2 inciso 2 de la ley 26.584 que establece que cuando hay sectores vulnerables involucrados la medida puede extenderse.

Consumidores Argentinos, la organización que impulsó la medida cautelar, expresó profunda preocupación por el revés judicial y sus consecuencias entre los usuarios que no están en condiciones de afrontar los actuales montos que se perciben en las facturas.

Sergio Procelli, titular de la entidad que protege a los consumidores, diferenció las problemáticas que podrían desprenderse de este fallo de la Justicia. "Esto implica dos riesgos: a la gente que no pueda pagar, ahora le van a cortar el servicio, pero también preocupa que hay muchísima gente que hoy está siendo beneficiada por esta cautelar".

"Esto de alguna manera protegía a los usuarios vulnerables de que ante un aumento del 3 mil por ciento en sus tarifas no sufrieran un corte en el servicio y se les dieran facilidades como para pagar la deuda", aseguró Procelli a 0223.

El representante legal de Consumidores Argentinos criticó la interpretación de los jueces intervinientes en el fallo invalidando los argumentos vertidos. "Dicen que no hay una situación de vulnerabilidad como para considerar y que esto estaba cubierto por la tarifa social".

Finalmente, desde la organización aseguraron que ya se pusieron en campaña para realizar una nueva presentación que derive en una medida que garantice protección a los usuarios en situación de mayor vulnerabilidad.