ILE

En Mendoza las niñas y adolescentes pueden decidir sobre la ILE

La actualización del Protocolo Nacional de Interrupción Legal del Embarazo generó polémica. En Mendoza se aplica una guía similar que considera a las niñas y adolescentes como sujeto de derecho y respetan su voluntad sobre la ILE. En qué casos pueden acceder a un aborto. 

jueves, 21 de noviembre de 2019 · 12:58 hs

La actualización del protocolo para la interrupción del embarazo en los casos permitidos que ayer publicó la Secretaría de Salud de la Nación generó polémica, aún antes de que se conocieran los detalles.

Uno de los temas que generó controversia tiene que ver con el derecho que se le otorga a las niñas y adolescentes para decidir sobre la interrupción del embarazo cuando han sido víctimas de violación. En el primer protocolo se consideraba la autorización de los padres para avanzar. Pero el Código Civil cambió el enfoque y la nueva reglamentación apunta a eso.

El Protocolo nacional no es de aplicación general. Y hay provincias que tienen el propio. Es el caso de Mendoza, que tiene una guía elaborada por el Ministerio de Salud para la “atención de personas con derecho a la interrupción legal del embarazo”. Esa norma está vigente y tiene los mismos conceptos que intenta introducir el protocolo nacional actualizado, es decir considerar a las niñas y adolescentes como sujetos de derechos.

En el caso de las adolescentes de 13 años o más, toma el concepto de la legislación nacional y considera como “plenamente capaz de discernir y por ello puede otorgar por si misma su consentimiento informado y realizar personalmente su declaración jurada para la interrupción legal del embarazo” sin que sea necesaria la autorización de los padres. Eso es, claro, cuando la adolescente ha sido víctima de una violación. Solo se requiere el acompañamiento de los padres o tutores cuando para realizar el aborto es necesario hacer un tratamiento invasivo y por ello puede correr riesgo la integridad de la mujer.

En el caso de las niñas menores de 13 años, se considera que cualquier embarazo ha sido producto de un abuso porque la ley lo establece así: “Aunque haya (aparente) consentimiento, éste está viciado”. En esos casos la guía del Ministerio de Salud establece que la niña “tiene derecho a ser oída”. “En el caso de requerir la realización de una interrupción legal del embarazo, sus representantes legales deberán participar en conjunto con la niña o adolescente en la toma de decisiones y deberán firmar el consentimiento informado y la declaración jurada de la violación cuando corresponda”.

Lo que dice la Guía local.

En Argentina la ILE no tiene obstáculos legales en los casos en los que el embarazo ha sido producto de una violación o cuando está en riesgo la salud de la mujer. Como estableció la Corte Suprema, no hacen falta acudir a la justicia para acceder a ese derecho. En los casos de violación tampoco es necesario que haya una denuncia penal sobre el hecho, sino que se presenta una declaración jurada.

Así lo establece también la guía mendocina.