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Avanza ley para controlar la cerveza artesanal en Mendoza

El texto con media sanción del Senado prevé mayores controles en la elaboración, almacenamiento y distribución del producto a partir de un crecimiento exponencial en el mercado.

miércoles, 17 de abril de 2019 · 09:48 hs

El Senado provincial dio media sanción a un proyecto para regular el expendio y comercialización de las cervezas artesanales a partir de su exponencial crecimiento en Mendoza, en sintonía con el país.

El proyecto es de autoría del legislador Marcelo Rubio junto a la Cámara Mendocina de Cervecerías Artesanales (CAMCA). Ahora deberá ser debatida por la Cámara de Diputados.

La votación fue 24 votos afirmativos y tres abstenciones. Se abstuvieron los legisladores Lautaro Jiménez y Víctor da Vila del bloque de izquierda y Marcelo Romano de bloque Protectora, quienes fundamentaron sus posturas en el recinto. En cambio los legisladores que representan a los bloques radical y justicialista, celebraron la propuesta presentada por Rubio.

Durante el tratamiento en el recinto, el autor de la propuesta explicó: “Este proyecto responde a una realidad que vemos todo el tiempo en cuanto a la cerveza artesanal. Se hicieron varios aportes por parte de la Cámara de Cerveza Artesanal como así también de senadores de la oposición. No hay muchos antecedentes de leyes que se hayan presentado, hay que buscar en Buenos Aires o en Río Negro. También incorpora los elementos necesarios para esa elaboración”, remarcó Marcelo Rubio.

Por su parte, la legisladora Ana Sevilla del bloque Justicialista expresó la importancia de este proyecto. “Era necesario darle esta seguridad al que consume el producto. Tiene nuestro apoyo en general la propuesta de Rubio”, indicó.

Sevilla facilitó cerca de 14 propuestas para que sean incluidas a la norma presentada por Marcelo Rubio, que fueron recepcionadas por la Secretaría Legislativa del Senado.

Así, el proyecto (que obtuvo despacho favorable en la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales) prevé el control de los envases de fraccionamiento – growlers –; la creación del Registro Provincial de Productores de Cerveza Artesanal; y exigencias en la manipulación de bebidas tal como lo indica el Código Alimentario Argentino, entre otros puntos.

En la Provincia, hace un año se formó la Cámara de Cerveceros Artesanales de Mendoza, la cual cuenta con 70 socios, aunque existen más de 250 microemprendedores quienes elaboran una cantidad aproximada de 2 mil litros mensuales de esta bebida para venderla a bares y restaurantes.

Los emprendedores locales coincidieron en indicar que el auge de la cerveza artesanal en Mendoza sigue una tendencia mundial de hace más de 10 años y que en Argentina se reflejó mucho después, esperando un fuerte crecimiento en los próximos 3 o 4 años.

El objeto de la presente ley, es asegurar la higienización de todo el sistema de elaboración y fraccionado de cervezas artesanales y de los envases que se utilicen para dispensarlas, de modo tal que se garantice la reducción del número de patógenos hasta niveles aceptables para la salud pública.

La autoridad de aplicación que se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Salud de la Provincia, aprobará protocolos de higienización periódica de los equipos y elementos utilizados para la elaboración y el expendio de cervezas artesanales. Los responsables de las actividades comerciales presentarán las constancias que acrediten que se realizó eficientemente la higienización periódica reglamentaria y/o se cumplieron los protocolos fijados por el Departamento de Higiene de los Alimentos de la Provincia de Mendoza y/o los que determine la autoridad de aplicación.

Para tal fin se creará el Registro Provincial de Productores de Cerveza Artesanal, que dependerá del Departamento de Higiene de los Alimentos del Ministerio de Salud de Mendoza.

También se establece que toda persona física o jurídica que efectúe la elaboración, distribución, venta, expendio a cualquier título, depósito y/o exhibición de cervezas artesanal, deberá gestionar la inscripción del establecimiento (RNE) y el registro del producto (RNPA) ante los organismos respectivos.