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Anmat prohibió la venta de dos aceites de oliva y un repelente de insectos

A través de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, Anmat prohibió la producción, venta y consumo de dos marcas de aceite de oliva y un repelente para insectos. Los detalles.

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MDZ Sociedad jueves, 8 de agosto de 2024 · 09:00 hs
Anmat prohibió la venta de dos aceites de oliva y un repelente de insectos
Las disposiciones fueron publicadas este jueves en el Boletín Oficial y rigen en todo el territorio nacional Foto: SHUTTERSTOCK

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y venta de dos aceites de oliva elaborados en la provincia de Mendoza y un gel repelente de insectos.

Este jueves el Boletín Oficial informó acerca de una disposición de la Anmat en la que se prohibía la producción, venta y consumo de dos marcas diferentes de aceites de oliva elaborados en Mendoza. Se trata de “Aceite de Oliva extra virgen, marca Finca Don Emilio, CONT NETO 2 Lts. Origen de Mendoza, RNE 13521974 - RNPA 13931647, Consumir antes junio/27” y "Aceite de oliva Extra Virgen de Primera presión en frio, marca Olivos Serranos, RNE: 13-528194, RNPA: 13-821495", que no cumplirían con la normativa alimentaria vigente.

En el primero de los casos, la disposición 7120/2024 detalla que el producto se halla en infracción “por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

Según la documentación de la ANMAT, el INAL investigó el producto y los registros de establecimiento (RNE) y de producto alimenticio (RNPA) eran inexistentes, según corroboraron con el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA) y el Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza.

En el caso del "Aceite de oliva Extra Virgen de Primera presión en frio, marca Olivos Serranos, RNE: 13-528194, RNPA: 13-821495", la infracción es la misma ya que carece de registros fehacientes que permitan la trazabilidad del producto.

Debido a estas irregularidades es que Anmat determinó que se prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de dichos productos.

Repelente prohibido

Por su parte, la Disposición 7112/2024 establece la prohibición del uso, comercialización, publicación y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto denominado: “GEL REPELENTE DE INSECTOS, marca PRIX ULTRA. Elaborado por Rodriflor SA. Arenales 333, Ramos Mejía. MS y AS Res 155/98. Legajo 2767" en todos sus lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos. 

Según expresa la publicación realizada en el Boletín Oficial, las actuaciones se iniciaron a raíz de numerosas consultas recibidas en el marco del Sistema de Cosmetovigilancia de la Anmat, en relación a la comercialización del producto y que consultada la base de datos de la ANMAT, perteneciente al Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal, no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los detallados.

Señala que consta inscripto ante esta Administración un repelente de insectos de la marca PRIX ULTRA, bajo la titularidad y elaboración de LABORATORIOS ESME S.A.I.C (legajo N° 2870), sin que se haya verificado la incorporación como elaborador al establecimiento RODRIFLOR S.A. y que consultado que fue ese laboratorio acerca de la fecha de elaboración del último lote correspondiente al producto respondió mediante su director técnico que la marca PRIX ULTRA era propiedad de la firma DESCARTABLES CAROMAR S.A. y que LABORATORIOS ESME SAIC nunca participó de la elaboración del producto repelente marca PRIX ULTRA.

"Que en virtud de que en el rotulado del producto en cuestión figuraban los datos de la firma RODRIFLOR S.A., habilitada por la ANMAT bajo legajo N° 2767, el 08/04/24 y bajo OI N° 2024/1089-DVS-392 se realizó una inspección en el citado establecimiento. Que en dicha inspección el presidente de RODRIFLOR S.A. declaró que la elaboración del producto se realizó para la firma DESCARTABLES CAROMAR S.A., titular de la marca PRIX ULTRA, pero no pudo aportar documentación que diera cuenta de sus declaraciones, ya que no contaba con los registros de producción y control de calidad de los lotes fabricados, ni con las unidades retenidas en condición de contramuestras", destaca la disposición de Anmat.

Tras las actuaciones correspondientes, desde la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) concluyeron que el GEL REPELENTE DE INSECTOS, marca PRIX ULTRA fue elaborado por RODRIFLOR S.A. sin la autorización de su titular DESCARTABLES CAROMAR S.A y en infracción a los datos consignados al registrar el producto y que el producto se halla en infracción por carecer de registros de establecimiento y de producto resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Debido a estas irregularidades es que Anmat determinó que se prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de dichos productos en todos sus lotes.

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