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Estos son los cambios que tendrá el Certificado Único de Discapacidad

A través de la Resolución General 1654/2024, la Agencia Nacional de Discapacidad reglamentó y dio a conocer este martes los criterios que tendrá en cuenta para otorgar certificados sin vencimiento.

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MDZ Sociedad martes, 13 de agosto de 2024 · 17:00 hs
Estos son los cambios que tendrá el Certificado Único de Discapacidad
Este martes se oficializó una medida esencial para los portadores del Certificado Único de Discapacidad (CUD): la posibilidad de obtenerlo sin vencimiento. Foto: Archivo MDZ

A través de la Resolución General 1654/2024, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) dio a conocer una nueva medida en el marco de la serie de cambios que viene llevando a cabo en el Certificado Único de Discapacidad.

La entidad publicó este martes en el Boletín Oficial de la República Argentina la resolución que reglamenta los criterios para otorgar certificados sin vencimiento.

Según se explica en los considerandos de la medida, la idea es implementar “políticas públicas que garanticen que las personas con discapacidad puedan ejercer su libertad de elección y participar activamente en las decisiones que influyen en sus vidas, respetando su autonomía e integridad, fomentando la inclusión y el respeto hacia sus derechos".

Según la medida, el Gobierno apostó con esta resolución a "simplificar y desburocratizar los trámites" de los portadores del Certificado Único de Discapacidad. Y en este sentido, se incluyó "la actualización sistemática de datos de personas certificadas, para un seguimiento continuo y adecuado de sus necesidades y sus derechos".

Hasta el momento, el artículo 3 de la Ley N° 22.431 establece que la ANDIS certificará, en cada caso, la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como la orientación prestacional pertinente, añadiendo que el certificado que se expida se denominará Certificado Único de Discapacidad (CUD).

La resolución señala que los portadores del CUD podrán solicitar que este no venza. Lo que estipula es que, se podrá actualizar el certificado "cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad".

Entre los requisitos para acceder al nuevo beneficio se destaca en el artículo 1° de la Resolución 1654 publicada por la ANDIS este martes, se tendrá en cuenta:

  • Renovaciones previas: personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF);
  • Persona mayor: personas que al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos cinco años;
  • Necesidad de equipamiento permanente: personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales. 

La resolución asume que la condición de discapacidad es cambiante. Por tal razón, se permitirá solicitar la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona "que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás".

Para habilitar este sistema, la ANDIS dispuso que la Dirección de Modernización e Informática (DMEI) "deberá proveer los mecanismos necesarios para actualizar la estrategia de servicios y trámites en línea".

La medida entró en vigencia a partir de hoy, es decir, de la fecha de publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Lee las condiciones del Anexo que conlleva la Resolución 1654/2024

 

 

 

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