Día del Amigo

Defensa del Consumidor y una advertencia a los comercios de Mendoza

Les recuerda que están prohibidas las campañas de promoción y difusión para festejar el Día del Amigo en la provincia.

Redacción MDZ
Redacción MDZ domingo, 19 de julio de 2020 · 19:37 hs
Defensa del Consumidor y una advertencia a los comercios de Mendoza

La Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) le recuerda a los distintos comercios del sector turístico y gastronómico, entre otros, que se encuentran prohibidas las promociones y difusiones para realizar reuniones para celebrar el Día del Amigo

Esto se enmarca en el artículo 3 del Decreto provincial 877 de 2020, publicado este viernes en el Boletín Oficial de Mendoza. Además, aclaran que es importante considerar que el alquiler de alojamientos en las localidades turísticas de la Provincia “podrá realizarse exclusivamente a grupos familiares convivientes”, por lo que “queda prohibido todo tipo de arrendamiento a cualquier otra calidad de inquilino”, según lo previsto por el artículo 5 del mismo decreto.

“Las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios”, informaron. 

En razón de ello, si se acuerda razonablemente que resulta riesgosa la reunión, en un mismo lugar, de varias personas provenientes de lugares y grupos sociales diferentes, entonces se puede considerar inapropiada la promoción de esos espacios (bares, restoranes y alojamientos) donde se tornará de difícil control el cumplimiento de la distancia entre individuos y el uso de tapabocas o barbijos.

Por esto, se trate de una oferta hecha en el mismo lugar donde se consumirá una comida o bebida o donde se alojarán las personas que pasan circunstancialmente o bien, sea una publicidad o campaña en medios masivos de comunicación o redes sociales, la prohibición es la misma y alcanza a quienes emiten dicha oferta o publicidad de igual forma, con la misma penalidad establecida en el decreto antes citado.

Por lo señalado, para los festejos del Día del Amigo los propietarios de bares, restoranes y alojamientos temporarios, sí podrán efectuar la difusión de sus servicios o productos solo cuando estos estén destinados a ser consumidos o usados por familiares convivientes, apelando en este punto una vez más a la responsabilidad de quienes compran y contratan servicios.

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