Exceptuadas

Para estas actividades no se exigirá el último número del DNI

A partir de hoy se limita nuevamente la circulación de acuerdo al último número del documento. Regirá para compras en supermercados, comercios, salidas de esparcimiento y actividad física. Conocé las excepciones que establece el decreto firmado por Rodolfo Suarez.

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MDZ Política jueves, 18 de junio de 2020 · 11:02 hs
Para estas actividades no se exigirá el último número del DNI

El brote de casos positivos en Maipú motivó al gobernador Rodolfo Suarez a anunciar la marcha atrás en distintas flexibilizaciones que se habían autorizado en el marco de la pandemia. Además de restringir las reuniones de amigos y limitar a los fines de semana los encuentros familiares, dispuso volver a limitar la circulación de personas de acuerdo al último número del DNI. Pero aclara que ese requisito no regirá para algunas actividades puntuales.

Específicamente el decreto 775 establece que "quedan exceptuados de la presente limitación los turnos médicos, odontológicos y/o de cualquier tipo de prestación de salud debidamente fundada, como así también la compra en farmacias y el expendio de combustible".

Esto quiere decir que las compras en farmacias y la carga de combustible en estaciones de servicios no estarán limitada según el último número del DNI en Mendoza.

Para el resto de las actividades comerciales e incluso para las salidas recreativas si se implementará nuevamente el régimen que funcionó en los últimos meses. Es decir las personas cuyos documentos finalizan en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán asistir a los comercios habilitados, realizar actividades físicas y/o de esparcimiento solo los días lunes, miércoles, viernes, en los horarios habilitados. En cuanto a las personas cuyos documentos finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0 solo estarán habilitados los días martes, jueves, sábados en los horarios establecidos.

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