En Mendoza se hacen carreras de galgos todos los fines de semana

La Cámara de Diputados sancionó el proyecto para prohibir las carreras de galgos en todo el país y se generó polémica. En Mendoza ese debate está instalado desde hace tiempo porque en la mayoría de los departamentos la actividad está permitida.
Te Podría Interesar
Las carreras se realizan principalmente en zonas rurales. Así, Santa Rosa, La Paz, Lavalle, San Rafael, Rivadavia, Malargüe tienen carreras organizadas por privados. También se hacen en el Valle de Uco, principalmente en los distritos de San Carlos.
En La Paz, por ejemplo, las careras de galgos están incluidas en la Ordenanza Tarifaria: los organizadores deben pagar un canon de 390 pesos. En Junín ocurre lo mismo, con un agregado: los perros que participen deben estar vacunados y tener certificación de un médico veterinario.
El caso de Rivadavia es particular, pues tiene una ordenanza que permite y regula las carreras y las considera un deporte. "este tipo de deporte reúne una gran cantidad de gente de nuestro departamento como así también de otros lugares y de provincias vecinas, por ello es necesario reglamentar las mismas ya que en su mayoría se realizan en la clandestinidad", argumenta la ordenanza que autoriza "la realización de carreras de perros galgos en el Departamento de Rivadavia".
La reglamentación de Rivadavia obliga que se realicen controles veterinarios y "respeto a las normas de protección, cuidado y salud animal", entre otras cosas.
Las carreras se pueden hacer con una distancia de al menos siete días de diferencia para no "recargar" a los perros.
"No conocen cómo se cría y se cuida un galgo. Estoy muy mal por todos los galgueros. Es una familia que se junta los días domingos. Hay un señor que me llamó llorando porque tiene un negocito con esto", contó Carlos Puig, un galguero de San Rafael que se opone a la prohibición.
En la dirección contraria legislaron otros departamentos, como Luján de Cuyo. Allí se sancionó una ordenanza prohibiendo expresamente las carreras de galgos. En San Martín van por el mismo camino, aunque aún no se aprueba.
La ordenanza de Rivadavia
VISTO:
Que, no existe en el Departamento de Rivadavia, una reglamentación que regule las carreras de perros galgos, y,
CONSIDERANDO:
Que, este tipo de deporte reúne una gran cantidad de gente de nuestro departamento como así también de otros lugares y de provincias vecinas, por ello es necesario reglamentar las mismas ya que en su mayoría se realizan en la clandestinidad.
Que, teniendo en cuenta que este deporte se realiza hace muchos años, hay que destacar el esmero de cada cuidador, el esfuerzo y dedicación en la crianza, entrenamiento, alimentación que tienen para con estos animales.
Que, ante el interés de algunos vecinos de organizar este tipo de eventos se hace necesario crear un instrumento legal que establezca la regulación de la realización de carreras de perros galgos.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Autorizase la realización de carreras de perros galgos en el Departamento de Rivadavia
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo, a través del Área de Veterinaria y Zoonosis deberá realizar el control veterinario adecuado y respeto a las normas de protección, cuidado y salud animal.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo, otorgará el permiso de las carreras de galgos a un organizador responsable de las mismas.
Artículo 4º: Se fija la cantidad de 55 UTM, en concepto de canon a abonarse al momento de ingresar cada solicitud de permiso de carrera. Este canon será incluido en la Ordenanza Tarifaria Anual. En caso de suspensión el permiso tendrá validez para la próxima carrera.
Artículo 5º: Las carreras podrán realizarse con una alternancia de 7 días como mínimo entre una carrera y otra.
Artículo 6º: El 25 % de lo recaudado por cada carrera en concepto de venta de entradas, deberá ser donado a una organización sin fines de lucro que los organizadores responsables de las carreras designen, detallándolo en cada permiso que soliciten.
Artículo 7º: Son obligaciones de los organizadores responsables de carreras de galgos:
a. Presentar nota por mesa de entrada de la Municipalidad, donde se especifique el día y lugar donde se realizan las carreras de galgos, para la obtención del permiso municipal.
b. Dicha nota deberá ser presentada con al menos 5 días de anticipación a la fecha estipulada.
c. Garantizar las condiciones que debe reunir la pista.
d. Asegurar la seriedad de las carreras y la seguridad de sus resultados.
e. Asumir la responsabilidad legal, frente a cualquier acontecimiento que surja del desarrollo de la carrera.
Artículo 8º: El incumplimiento por parte de los organizadores de cualquiera de sus obligaciones establecidas en la presente ordenanza, implica la negación a una próxima solicitud de permiso de carrera.
Artículo 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de
Rivadavia, Mendoza, a los 03 días del mes de mayo de 2011.