Elecciones 2019

Por qué, para la ley, Allasino no fue una candidata testimonial

La ministra de Hacienda se postuló para diputada y obtuvo una banca, pero no asumirá porque aceptó ser nominada para un cargo vitalicio: contadora general de la provincia. Esta conducta no es ilegal porque no estaba ocupando un "cargo electivo" cuando se postuló para la Legislatura. El castigo para los postulantes testimoniales es, según la ley 8967, la prohibición de presentarse a las siguientes dos elecciones. El caso de la senadora que no podrá terminar su mandato por esa razón.

jueves, 7 de noviembre de 2019 · 09:50 hs

La ley electoral mendocina castiga las candidaturas testimoniales. Pero no todo aquel que no asume el puesto para el que se postuló en la elección es catalogado como tal por la normativa vigente.

El caso en análisis es el de la ministra de Hacienda, Paula Allasino, quien se presentó como candidata a diputada provincial de Cambia Mendoza y fue elegida por la ciudadanía, pero no ocupará la banca: si lo confirma el Senado, dirigirá la Contaduría General de la Provincia.

El perfil en Twitter de Allasino todavía la presenta como futura diputada provincial.

La reforma electoral de 2017 no abarca a situaciones como la de Allasino y, por lo tanto, la funcionaria no sufrirá sanción alguna.

En concreto, la ley 8967 dice que al candidato electo que no asuma "se le aplicará una sanción que consistirá en la inhabilitación por cuatro años para postularse a cargos públicos electivos". Pero aclara en el mismo párrafo que la normativa está dirigida a candidatos que se encuentren "en ejercicio de cargos públicos electivos".

Allasino, no está en puesto electivo -a los ministros los elige el gobernador- y tampoco irá a uno que tenga esa característica.

La normativa mendocina busca evitar la trampa de aquella figuras importantes de la política que intenten aprovechar su fama para conseguir votos a favor de una lista de candidatos, a pesar de que no están dispuestos a asumir el puesto para el que se postulan porque ya tienen otro también concedido por la ciudadanía.

Está dirigida, de ese modo, al gobernador, los intendentes, los legisladores y los concejales que están en la mitad de sus mandatos.

El fenómeno de las candidaturas testimoniales empezó a generar polémicas a nivel nacional en las elecciones legislativas de 2009, con casos como el Daniel Scioli, quien ejercía como gobernador de Buenos Aires.

El oficialismo mendocino buscó impedir casos similares en la reforma electoral de 2017, pero puntualizó también qué candidaturas debían ser consideradas testimoniales y cuáles no. "Discutimos mucho la ley y resolvimos que no podíamos ser tan restrictivos. También quisimos evitar que la norma fuese inconstitucional", explicaron en la Legislatura.

El otro caso

Por otro lado, quien sí estuvo condicionada por la ley electoral y la cláusula contra las candidaturas testimoniales fue la senadora provincial del PRO Cecilia Páez.

La senadora Cecilia Páez del PRO, salió a cruzar a De Marchi.

La legisladora tiene mandato hasta 2022, pero en el último comicio fue elegida concejal de Luján.

Páez ahora está obligada a asumir la banca de concejal o, en caso contrario, si siguiera como senadora provincial, no podrá presentarse como candidata en las próximas dos elecciones por castigo de la legislación.

"Hay gente que me pide que me quede en el Senado, pero mi vocación es estar con el vecino de Luján. Los políticos tenemos que tener credibilidad y palabra", aclaró Páez, ante la consulta de este diario.

Además, la legisladora tiene ambiciones políticas (quiso este año ser candidata a intendente de Luján) y no quiere que se le corte la carrera algunos años por vulnerar la ley.

Páez, de todos modos, dice que está tramitando un permiso en Luján para ingresar al Concejo Deliberante unos días después que el resto de los ediles nuevos, para participar de algunos debates relevantes que se vienen en el Senado provincial, como el del Presupuesto provincial 2020.