Era delegado gremial

Cesantearon a otro empleado en el Ecoparque por inasistencias

Es el tercer empleado que queda cesante en menos de dos semanas. Según la Secretaría de Ambiente, el trabajador faltó 14 días de forma injustificada en el año 2017. El empleado sancionado era delegado gremial de ATE.

jueves, 11 de julio de 2019 · 12:28 hs

Este jueves se publicó en el Boletín Oficial el decreto 1333 del gobernador Alfredo Cornejo que deja cesante a un empleado del Ecoparque por reiteradas inasistencias. De esta manera, José Fabricio Di Pietro se convierte en el tercer trabajador que es dado de baja en los últimos diez días.

Di Pietro es delegado gremial de ATE en la Dirección Ecoparque Mendoza y fue sancionado por 14 inasistencias injustificadas. Según la instrucción del sumario, entre el 17 de junio y el 29 de diciembre del 2017 Di Pietro se ausentó de su trabajo en 14 oportunidades. Pero a eso suman 5 descansos sin autorizar.

En base a ello, la instructora sumariante determinó que el agente incurrió en la violación de sus obligaciones y aconsejó que se le aplique la sanción de cesantía. Teniendo en cuenta que Di Pietro es delegado sindical, desde el gobierno firmaron la cesantía pero se hará efectiva recién cuando finalice el proceso de exclusión de la tutela sindical.

La semana pasada se había dado a conocer la desvinculación de otros dos empleados del Ecoparque por el mismo motivo. Mediante los decretos 1354 y 1375, firmados el 24 y 25 de junio de 2019, respectivamente, por el gobernador Cornejo, se determinó la cesantía de Oscar Alejandro Ruiz y Miguel Ángel Oviedo Marinero. Ambos fueron dados de baja luego de detectarse que las reiteradas inasistencias eran injustificadas.

Lee el decreto completo:

MENDOZA, 18 DE JUNIO DE 2019.

Visto el Expediente N° 284-D-2017-18012, por el cual se tramita un sumario administrativo al agente de la Dirección Ecoparque Mendoza de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, José Fabricio Di Pietro, C.U.I.L. N° 20-28893345-7, por faltas injustificadas; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 005/18-DEM, se dispone una instrucción de Sumario Administrativo al agente José Fabricio Di Pietro, C.U.I.L. N° 20-28893345-7, Régimen Salarial 13, Clase 005, Código Escalafonario (3-22-01) de la Dirección Ecoparque Mendoza, a fin de esclarecer la situación denunciada en relación al incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 13 inc. n) y Artículo 67 del Decreto-Ley N° 560/73 conforme lo dispuesto por el Artículo 72 y cc. del Decreto-Ley mencionado.

Que a fs. 02/15 la Sra. Jefa de Personal de la Dirección Ecoparque Mendoza, incorpora diversa documentación, entre ellas planillas de licencias y control de ingreso y egreso del reloj digital del agente José Fabricio Di Pietro, de donde surgen catorce (14) días de inasistencias injustificadas desde el 17 de junio al 29 de diciembre del 2017(17 y 23 de junio, 5, 6 y 7 de julio, 22 de agosto, 2 y 16 de octubre, 7, 8, 9, 10, 13 y 14 de noviembre de 2017), cinco (5) descansos (después de guardia) sin autorizar en octubre del mismo año y la presentación fuera de término del certificado médico de fecha 23/11/17.

Que de los antecedentes obrantes no surge demostración alguna que el agente hubiera justificado sus inasistencias, lo cual queda debidamente acreditado por los informes de la Oficina de Recursos Humanos de la Dirección Ecoparque Mendoza que glosan en orden 1, 6 y 107.

Que a fs. 5 obra informe de situación de revista del agente José Fabricio Di Pietro.

Que a fs. 35/63 obra descargo del sumariado ofreciendo prueba pericial, instrumental, testimonial e informativa.

Que no obra constancia alguna, dentro de las 48 hs. de las inasistencias imputadas al agente Di Pietro, de su justificación a través de certificados médicos o justificación de otro tenor.

Que a fs. 151/155, la Instructora Sumariante, Abog. Mg. Silvia Ruth Moretti, dispone la clausura del sumario dispuesto por Resolución N° 005/18-DEM, donde concluye que se da por demostrado el hecho o conducta del agente José Fabricio Di Pietro, responsable de la falta consistente en catorce (14) días de inasistencias injustificadas discontinuas, en violación a las obligaciones consignadas en el Artículo 13 inc. a) y d) del Decreto-Ley N° 560/73 y aconsejando se aplique la sanción de cesantía, según el Artículo 67 inc. a) del Decreto-Ley citado.

Que la instructora sumariante concluye que ha quedado debidamente acreditado que el agente José Fabricio Di Pietro no asistió a trabajar los días informados por la encargada de Recursos Humanos de la Dirección Ecoparque Mendoza y al no obrar constancia alguna dentro de las 48 hs. de su inasistencia mediante certificados médicos o justificación de otro tenor, queda ratificada la falta imputada de catorce (14) días de inasistencias sin justificación.

Que a fs. 157/161 el agente Di Pietro presenta alegatos conforme a lo dispuesto por el Artículo 31 de la Ley N° 9103.

Que la Junta de Disciplina en Acta N° 28, de fecha 22 de abril de 2019, obrante a fs. 163/164, indica en relación a las inasistencias de los días 17 de junio y 16 de octubre de 2017, las cuales si bien podrían ser justificables, las demás faltas injustificadas del agente superan en exceso el límite de lo establecido por el Artículo 67 inc. a) del Decreto-Ley N° 560/73, quedando expedita la sanción sugerida por la instructora sumariante, por lo cual por voto unánime de los miembros se está en un todo de acuerdo con el dictamen de la Instructora Sumariante por estar ajustado a derecho (Ley N° 9103).

Que a fs. 84 obra constancia de Tutela Sindical de Cargos Electivos por la cual se comunica que el afiliado de la Asociación de Trabajadores del Estado el agente José Fabricio Di Pietro, D.N.I. N° 28.893.345, ha sido electo en el cargo de Delegado Gremial de ATE por la Dirección de ECOPARQUE, por el período 2018-2020; por lo cual el Sr. Di Pietro se encuentra bajo el amparo de las normas gremiales y consecuentemente con tutela sindical, por lo cual para hacer efectiva la sanción sugerida es necesario iniciar el procedimiento de exclusión de tutela que establece la Ley N° 23.551 de “Asociaciones Sindicales”, en su Artículo 52.

Por ello, en virtud de lo establecido en los Artículos 13 inc. a) y d) y 67 inc. a) del Decreto-Ley N° 560/73 y de lo dictaminado por la Asesoría Legal de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

Artículo 1º - Aplíquese la sanción de cesantía, en suspenso, por los motivos expuestos en los considerandos de este decreto, al agente de la Dirección Ecoparque Mendoza de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, señor José Fabricio Di Pietro, C.U.I.L. N° 20-28893345-7, Régimen Salarial 13, Clase 005, Código Escalafonario (3-22-01) de la Dirección Ecoparque Mendoza, conforme lo dispuesto por el Artículo 67 inc. a) y cc. del Decreto-Ley mencionado.

Artículo 2º - Establézcase que la sanción aplicada en el Artículo precedente se hará efectiva una vez finalizado el proceso judicial de exclusión de tutela sindical.

Artículo 3° - Procédase por Asesoría de Gobierno a iniciar las acciones judiciales tendientes a la obtención de la exclusión de la tutela sindical de acuerdo a lo establecido en el Artículo 52 de la Ley N° 23.551 a efectos de aplicar la sanción de cesantía resuelta.

Artículo 4° - Notifíquese el presente decreto a la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a fin de que proceda a tomar conocimiento y realizar la correspondiente actualización de sus registros para su oportunidad, una vez establecida la exclusión judicial de la tutela sindical.

Artículo 5° - Comuníquese el presente decreto a la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública a los efectos previstos en el Artículo 27 inc. 6 de la Ley N° 8993.

Artículo 6º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

LIC. ALFREDO V. CORNEJO.

C.P. PEDRO MARTÍN KERCHNER