Con el apoyo de Milei y críticas de JxC, se aprobó en Diputados la devolución del IVA
El oficialismo logró la media sanción en Diputados -con 134 votos a favor, 0 en contra y 107 abstenciones- de la devolución del IVA para productos de la canasta básica impulsado por el ministro de Economía, Sergio Massa.
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Además de los diputados del Frente de Todos, también votaron a favor los libertarios liberados por Javier Milei, el interbloque Provincias Unidas, la mitad del interbloque Federal y el Frente de Izquierda. La medida comenzará a regir desde el 1° de enero de 2024, pero ya se aplica gracias a un decreto de necesidad y urgencia.
Desde Juntos por el Cambio, que tenía un proyecto propio, se abstuvieron y criticaron el proyecto enviado por Massa. Denunciaron que tendrá un impacto fiscal que el Gobierno planea financiar por medio de emisión y, por lo tanto, terminará acelerando la inflación.
“Como bajar impuestos sin reducir el gasto es inflacionario, nosotros no los vamos a acompañar a la hiperinflación”, aseguró Silvia Lospennato, quien luego denunció un pacto Massa-Milei.
"Otra vez el Pacto Massa Milei funcionando a pleno. Votaron un subsidio al consumo sin baja del gasto, es decir votaron una ley inflacionaria. A la hiperinflación nosotros no los acompañamos. Lo único que debemos reconocerles es que cuando decían que iban a usar el lanzallamas hablaban en serio, pero la casa que van a quemar es la de todos los argentinos. Una hiperinflación es pobreza, desocupación, inseguridad. Nos llevan a una hiper, serán responsables de esa tragedia", aseguró Lospennato en su cuenta de Twitter.
El dictamen de minoría de JxC proponía establecer una restricción a la financiación del Tesoro Nacional mediante emisión, ponerle un límite temporal hasta el 9 de diciembre (cuando termina el Gobierno actual), incluir a los trabajadores informales y permitir que el beneficio comprenda la utilización de billeteras virtuales.
En el artículo 1 se establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.
Asimismo, serán alcanzados trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.

