Promulgada

Es oficial: ya rige la nueva ley de zonas frías impulsada por Máximo Kirchner

Finalmente el nuevo régimen de "zonas frías" que extenderá los descuentos en la tarifa del gas natural a la mayor parte del centro de la Argentina, fue promulgado este miércoles en el Boletín Oficial.

MDZ Política
MDZ Política miércoles, 7 de julio de 2021 · 02:09 hs
Es oficial: ya rige la nueva ley de zonas frías impulsada por Máximo Kirchner
Foto: Gentileza

Finalmente el nuevo régimen de "zonas frías" que extenderá los descuentos en la tarifa del gas natural a la mayor parte del centro de la Argentina, fue promulgado este miércoles en el Boletín Oficial.

El proyecto con tinte claramente electoral, promocionado y fogoneado por Máximo Kirchner y Sergio Massa, significa un beneficio en la tarifa de gas del 30% al 50% de reducción respecto de la tarifa actual, y luego de su promulgación se espera aplicar a partir del este bimestre para que su inicio coincida en los meses más crudos del invierno, cuando se verá reflejado en las boletas que hay que pagar en la antesala de las elecciones de este año.

La Ley Nacional 27.637 quedó promulgada mediante el Decreto 441/2021 firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Economía, Martín Guzmán, prácticamente sin cambios respecto a su redacción definitiva en el Congreso.

Entre algunas cuestiones que figuran en la normativa, se establece que el nuevo régimen tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del 2031 y beneficiará a más de 4 millones de usuarios residenciales de las zonas frías y templadas del centro y sur del país que posean el servicio de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes y del servicio general P.

A las actuales zonas de la Patagonia, la Puna y el departamento mendocino de Malargüe se añadirán al nuevo régimen la totalidad de la provincia de Mendoza, la mayor parte de Buenos Aires (excepto el área metropolitana), Córdoba, San Juan, San Luis y Salta, y el sur de Santa Fe.

Las subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI son las que están incluidas en el nuevo régimen de áreas frías.

Algunos usuarios recibirán un beneficio de 50% de descuento en la tarifa de gas: titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, titulares de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a cuatro (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; usuarios y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social; jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia y monotributistas que perciban una remuneración bruta menor o igual a cuatro (4) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

También serán incluidos los usuarios que perciben seguro de desempleo; electrodependientes, beneficiarios y beneficiarias de la ley 27.351; usuarios y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares de la ley 26.844; aquellos exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza; y titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Asimismo, la flamante ley faculta al Poder Ejecutivo a "ampliar los territorios" incluidos en el régimen de zonas frías con "previa revisión integral cada dos (2) años como plazo máximo".

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