Justicia

ARA San Juan: la Cámara Federal de Mar del Plata rechazó apartar al juez Bava tras el pedido de Mauricio Macri

Fue tras un pedido de la defensa del expresidente. Los magistrados exhortaron al juez Martín Bava, para que en lo sucesivo proceda conforme a las circunstancias particulares de cada causa, sin que ello le impida actuar en la forma debida y adecuada para hacer efectivo el principio de Justicia.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese miércoles, 27 de octubre de 2021 · 14:12 hs
ARA San Juan: la Cámara Federal de Mar del Plata  rechazó apartar al juez Bava tras el pedido de Mauricio Macri
Foto: Télam

La Cámara Federal de Mar del Plata rechazó el planteo de recusación de Mauricio Macri que buscaba apartar al juez Martin Bava de la causa por presunto espionaje a familiares de Tripulantes del ARA San Juan. Si bien los magistrados entendieron que “la forma y el estilo empleado por el juzgador de grado tal vez no sean los apropiados o estén dotados de la técnica jurídica laudable a la que lógicamente se aspira y se desea de todo acto judicial, mas ello no la invalida ni puede servir de fundamento para justificar el apartamiento del Juez Natural de la causa".

Macri está citado a indagatoria en la causa como responsable de haber ordenado tareas de seguimiento y espionaje contra familiares de los tripulantes del ARA San Juan, cuyo hundimiento provocó la muerte de 44 personas. La citación es bajo apercibimiento si no se presenta. Recordemos que la primera vez que fue convocado se encontraba en el exterior por lo que no pudo concurrir y la segunda vez se realizaron planteos y el pedido de suspensión de dicha audiencia, por lo que el juez Bava decidió postergarla hasta este 28 de Octubre. La misma es presencial en la sede del juzgado en Dolores.

 

En tal sentido, los camaristas advirtieron “que si bien las afirmaciones formuladas al momento de convocar a declaración indagatoria al Sr. Mauricio Macri lo fueron en forma asertiva en cuanto a los hechos relatados, lo cierto es que ello fue precedido de la afirmación de que era en cuanto motivo de imputación” puntual, lo que sumado a la propia naturaleza del decreto judicial, impide que objetivamente puedan ser consideradas como causal de prejuzgamiento o que dé lugar al “temor de parcialidad”.

El juez Martin Bava.

Así las cosas en el fallo, Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza más allá de rechazar los planteos de la defensa, llamaron la atención de Bava al hacer hincapié en su comportamiento, “advirtiendo el estilo imperativo y poco moderado” utilizado por el “a-quo” al exponer sus fundamentos y argumentaciones". Por lo cual, decidieron exhortar al Juez Bava, “para que en lo sucesivo guarde la mesura y adecuada compostura al resolver causas judiciales, en particular cuando ellas detentan repercusión social, evitando así incurrir en expresiones de aquella naturaleza como las advertidas en la resolución en estudio, sorteando así la posible generación de equívocos que lleven a planteos generadores de innecesarios dispendios jurisdiccionales.”

También le manifestaron al juez que no puede olvidar la circunstancia de que los Magistrados judiciales deben actuar con el recato y la mesura pertinente que las circunstancias particulares aconsejen, “como especialmente ocurre en el caso de autos, donde se formula una imputación penal a un expresidente de la Nación Argentina, vinculado con un acontecimiento que involucra profundos sentimientos personales que afectan a los familiares de las víctimas del suceso investigado, y que son caros en general a toda la sociedad, amén de haber acaecido el mismo, en el marco de un contexto histórico determinado y puntual.”

Es entonces necesario dijeron los jueces en su resolución que el proceder plasmado en el expediente judicial no contribuya a alentar ninguna clase de suspicacia que pueda estar teñida de supuestos no claramente expresados, o de diversos intereses políticos o de cualquier otra naturaleza, o aún que una buena parte de la ciudadanía pueda siquiera vislumbrarlos, pudiendo quedar indirectamente inducida por esos excesos terminológicos o de carácter emocional expresados por el Magistrado.

Por último le recomendaron al juez Martín Bava que en lo sucesivo modere su estilo y evite incurrir en construcciones jurídicas que, “enmarcadas dentro de un pronunciamiento judicial diferente, puedan configurar ambigüedades deductivas que no se correspondan con el acto procesal decretado y aquí cuestionado, ni al modo de imputación formal por la que se convoca al encausado a ejercer su derecho material de defensa en juicio”.

Mañana entonces Macri deberá estar cara a cara con el juez que le prohibió la salida del país y lo citó a indagatoria en la misma resolución donde procesó y embargó a los ex titulares de la AFI Gustavo Arribas y Sílvia Majdalani. 

 

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