Pospandemia

El Gobierno Nacional amplía la moratoria 2020

El proyecto enviado al Congreso incluye a todos los contribuyentes que originalmente no habían sido contemplados. Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de este año y la primera cuota vence el 16 de noviembre. Habrá condonación de intereses y multas, y planes de pago de hasta 120 cuotas.

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MDZ Política martes, 7 de julio de 2020 · 15:57 hs
El Gobierno Nacional amplía la moratoria 2020
El gabinete económico elaboró el proyecto.

El Gobierno Nacional envió al Congreso un proyecto para ampliar la moratoria 2020. La iniciativa ingresó a la Cámara de Diputados. Consiste en una ampliación del alcance de la moratoria creada por la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que incluye a todos los contribuyentes que originalmente no habían sido contemplados.

El Gobierno plantea la necesidad de "aliviar la carga de las deudas acumuladas durante la pandemia del Covid-19". La ampliación incluye las deudas vencidas hasta el 30 de junio pasado y permite la adhesión de todas las personas jurídicas y humanas.

Según el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, el objetivo de la ley es que “las empresas puedan salir de esta crisis con una menor carga, para que cuando termine esta pandemia estén reestructuradas sus deudas y así crecer de manera sólida”.

A esta nueva moratoria será posible adherirse hasta el 31 de octubre de este año. La primera cuota vence el 16 de noviembre y, dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran, podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.

En tanto, los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.

Incluye por otra parte la condonación parcial de intereses y total de multas, con una tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021. A partir de ese momento, se aplicará una tasa variable en pesos.

Permite, además, utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda.

Establece, por último, condiciones para las empresas de mayor tamaño: durante 24 meses no podrán distribuir dividendos. Tampoco podrán realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

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