Decisión

Los sindicatos no podrán manifestarse en las calles hasta octubre

El gobierno nacional decidió suspender hasta el 30 de septiembre la gran mayoría de las actividades que desarrollan los sindicatos, incluyendo los procesos electorales, las asambleas y las manifestaciones. También prorrogó los mandatos directivos hasta el 30 de marzo del 2021.

Nicolás Munilla
Nicolás Munilla martes, 5 de mayo de 2020 · 01:42 hs
Los sindicatos no podrán manifestarse en las calles hasta octubre

El gobierno nacional decidió suspender hasta el 30 de septiembre la gran mayoría de las actividades que desarrollan los sindicatos, incluyendo los procesos electorales, las asambleas y las manifestaciones, poniendo como justificativo las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio y que las agrupaciones gremiales necesitarán "regularizar su situación institucional" luego de la cuarentena.

Mediante la Resolución 489/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a través de la Secretaría de Trabajo, oficializó la prórroga de la suspensión de las actividades sindicales dispuesta el 16 de marzo pasado.

"Suspéndanse a partir del dictado de la presente y hasta el 30 de septiembre de 2020 los procesos electorales, las Asambleas y Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales inscriptas en el registro de esta Autoridad de Aplicación; ello sin perjuicio de los actos cumplidos en los procesos electorales que se hallaban en curso de ejecución y que fueron suspendidos", detalla la resolución.

A su vez, dispuso la prórroga "por 180 días a partir del 30 septiembre de 2020 los mandatos de los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de las asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones registradas ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales y los mandatos de los delegados de personal, comisiones internas y órganos similares que hubieran vencido a posteriori del 16 de marzo de 2020". Es decir, que los principales cargos gremiales serán renovados después del 30 de marzo del 2021.

De todas formas, ello no implica la paralización de todos los procesos administrativos de los sindicatos, ya que la norma establece que "los actos institucionales emanados de los órganos directivos de las asociaciones sindicales, necesarios para el normal cumplimiento de la organización sindical, podrán materializarse de manera virtual, por cualquiera de las plataformas utilizables a tal efecto".

En sus consideraciones, y tras alegar facultades del Gobierno nacional contempladas en la Constitución Nacional para restringir ciertos derechos ciudadanos en el marco de las medidas de aislamiento social por la pandemia de coronavirus, la Secretaría de Trabajo explicó que "bajo la óptica de mantener una acción homogénea con las medidas dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional y a efectos de dotar de un marco de seguridad y precisión en todo cuanto atañe al ejercicio de los derechos y obligaciones de los actores sociales que conforman las asociaciones sindicales, corresponde prorrogar la suspensión" de las actividades sindicales.

"Asimismo, es menester contemplar un plazo necesario para que las asociaciones sindicales puedan regularizar su situación institucional, meritando a tal efecto que el proceso electoral, medular en la vida de las organizaciones sindicales, se compone de una multiplicidad de actos y que, no existe desde el punto de vista tecnológico, recurso virtual disponible que permita sustituir la presencia real de los protagonistas, máxime en aquellos casos en los que la voluntad de los afiliados debe expresarse de modo directo y secreto, por ello corresponde prorrogar los mandatos a partir de la conclusión de la suspensión dispuesta", añadió.

De cualquier modo, el organismo aclara que esta normativa "preserva la libertad y autonomía sindical y protege la salud pública, en tanto la comunidad internacional, como la comunidad científica-médica son las que recomiendan acciones tendientes a evitar o minimizar los riesgos de propagación de la enfermedad, sobre todo, teniendo en consideración que no se cuenta con un tratamiento antiviral efectivo, ni con vacunas que prevengan el virus, por lo que las medidas de aislamiento y distanciamiento social revisten un rol de vital importancia".

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