Se publicó el decreto: detalles de lo que se puede hacer a partir de hoy
Este miércoles entró en vigencia el decreto 1401 firmado ayer por el gobernador Rodolfo Suarez. El mismo establece las actividades que quedan autorizadas y los protocolos que deberán seguirse.
A través del decreto 1401, el gobierno de Rodolfo Suarez habilitó distintas actividades en la provincia de Mendoza a partir de este miércoles. Entre ellas, las reuniones familiares, la extensión horaria para locales gastronómicos y la eliminación de las restricciones de circulación por número del DNI. Pero también otra serie de actividades puntuales.
A partir de hoy los restaurantes y cafés están formalmente autorizados para ampliar su porcentaje de ocupación al 75% y además podrán cerrar sus puertas a la 1 de la madrugada. Esto gracias a que el estado de "alerta sanitaria" ya no rige a partir de las 23 sino entre la 01 y las 5.30.
En cuanto a los templos religiosos, también aumentó el factor ocupacional del 30% al 50% de los templos siempre y cuando se garantice una distancia de dos metros entre los asistentes.
El decreto también ratifica las reuniones familiares los días sábados, domingos y feriados con un máximo de 10 personas.
En materia educativa, autoriza el "apoyo escolar presencial y voluntario para alumnos de nivel primario y secundario con trayectorias educativas débiles como así también las prácticas profesionalizantes voluntarias para los alumnos de sexto año de escuelas técnicas y alumnos de nivel superior".
Pero el decreto además habilita las siguientes actividades:
- a) La realización de actos de colación de grado para alumnos que finalizan el ciclo educativo.
- b) El funcionamiento de las Instituciones de Atención Temprana y/o Jardines Maternales públicos y Privados, de carácter educativo, alcanzados por la Ley Nº 9201.
- c) La práctica de deportes en canchas públicas o privadas, sin presencia de público.
- d) Actividades de turf.
- e) Las salas de juegos públicas y privadas.
- f) Las escuelas de verano.
- g) Las temporadas de pileta en clubes y/o instituciones públicas o privadas.
- i) Salas culturales y teatros hasta el cincuenta por ciento (50 %) de su capacidad.
- j) Las visitas a las siguientes reservas naturales a partir del 14 de noviembre
- k) Los campings bajo la misma modalidad de acampe (Se autoriza el acampe en carpas individuales o en carpas para más de una persona siempre que sean convivientes).
- l) Salas de juegos infantiles y de entretenimiento familiar hasta el cincuenta por ciento (50%) de su capacidad. En ningún caso se permitirá la celebración de cumpleaños ni fiestas de ningún tipo.
- m) Salas velatorias hasta el cincuenta por ciento (50 %) de su capacidad.
- n) Centros de Rehabilitación.